MORELIA, Mich., 14 de junio de 2019.- Vecinos de la colonia Vivero Indeco denunciaron el establecimiento de un criadero porcícola en un predio irregular ubicado sobre la avenida del Vivero, ya que esto representa un foco de infección para sus 266 habitantes.

De acuerdo con el encargado del orden, Gerardo Tena Rosales, esta problemática ya tiene más de dos años y hasta el momento no ha sido posible tener un acercamiento con los responsables, pues ven poca disponibilidad para dialogar.

“Me urge que Salubridad (Secretaría de Salud) venga y nos apoye en ese aspecto para poder resolver este problema con los vecinos. (…) Es incómodo, hemos estado luchando con moscas bastante grandes, está uno comiendo y es molesto”, expuso.

El predio, presuntamente irregular, está localizado a un costado de las vías del tren y cubierto por una espesa maleza de más de dos metros de altura, lo que impide observar al interior del mismo, por lo que también se pide la intervención del Ayuntamiento de Morelia.

“No se ve (al interior) y las autoridades que vengan aquí van a decir que no hay nada porque la maleza lo cubre completamente, por eso pido a Parques y Jardines que nos apoye en ese aspecto. Necesitamos el apoyo de la autoridad para resolver esto”, indicó.

El señor Tena Rosales agregó que a esta situación se suman las caballerizas de la Secretaría de Seguridad Pública (SSP), el asentamiento irregular y la proliferación de mosquitos que crece durante la actual temporada de lluvias.

El artículo 105 de la Ley de Salud del Estado de Michoacán señala que las explotaciones pecuarias como establos, granjas avícolas y porcícolas, apiarios, y establecimientos similares, deberán cumplir con las siguientes características:

Ser independientes de casa habitación, estar ubicada fuera de la zona urbana, tener acceso a la vía pública; incluir un sistema de alojamiento y eliminación de las excretas, así como contar con un sistema de eliminación de aguas residuales. Estas últimas aprobadas por la autoridad municipal competente.

También, disponer de agua para uso y consumo humano, y contar con un programa permanente para el control de la fauna nociva.

La normativa establece sanciones administrativas a quien viole la Ley de Salud, las cuales deberán ser aplicadas por las autoridades sanitarias del estado, y que en el caso del artículo 105, corresponde una multa que va de 10 hasta mil veces el salario mínimo general vigente (102.68 pesos), es decir, de mil 26 pesos 102 mil 680 pesos.

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