MORELIA, Mich., 25 de mayo de 2019.- Las organizaciones sociales sin fines de lucro que ofrecen albergue a adultos mayores en situación de calle deberán cubrir los mínimos legales para poder operar, a propuesta de la diputada Yarabi Ávila.

Aunque la legisladora del Partido Revolucionario Institucional reconoció que es terrible ver a muchos adultos en situación de calle, no por eso se les puede permitir que ingresen o permanezcan en lugares que no cuentan con las condiciones mininas necesarias para su atención, cuidado y protección.

En la exposición de motivos de la iniciativa que presentó señaló que Michoacán existen diversos centros de atención al adulto Mayor registrados ante la Junta de Asistencia Privada, mismos que se encuentran regulados por esta en cuanto a su constitución y funcionamiento, sin embargo, también existen algunas organizaciones sociales constituidas sin fines de lucro, cuyo objetivo es el de mejorar las condiciones de las personas que se encuentran en estado de necesidad o indefensión.

En muchas ocasiones, por más noble que pueda parecer esta labor, es tanta la necesidad y la demanda de nuestros adultos por estos lugares, que las asociaciones en un acto humanitario los aceptan y pueden llegar a verse rebasadas en el número de personas atendidas respecto a su capacidad.

Por tal motivo, resulta de suma importancia que estos lugares cuenten con criterios específicos de creación y mantenimiento que puedan permitir a los adultos mayores gozar de condiciones dignas en cuanto a salud, infraestructura, seguridad e higiene y donde puedan realizar actividades recreativas acorde a sus necesidades, indicó la legisladora del Partido Revolucionario Institucional.

“Como legisladores y como seres humanos no podemos y no debemos dejarlos en un grado de indefensión, puesto que es nuestra responsabilidad generar los mecanismos necesarios para que estos centros puedan brindar servicios con la calidad y eficiencia que nuestros adultos mayores requieren”.

En por eso que la iniciativa de adiciones y reformas la Ley de Protección Integral a las Personas Adultas Mayores, pretende que los centros de asistencia queden obligados a proteger, dar seguridad e higiene a los albergados y del lugar.

Supervisar e inspeccionar en materia de salud y protección civil, fomentar al cuidado de la salud, proporcionar atención médica de primera mano, la cual deberá brindarse en la institución por personal debidamente certificado, garantizar alimentación adecuada y suficiente, así como el descanso, esparcimiento, juego y actividades recreativas acordes a su edad.