MORELIA, Mich., 26 de marzo de 2017.- La creación de una fiscalía especializada para la atención de los adolescentes que cometen algún delito, dentro de la estructura de la Procuraduría General de Justicia, fue aprobada por el pleno de la 73 legislatura del Congreso del Estado.

Esa fiscalía deberá recibir e investigar las denuncias sobre acciones u omisiones que puedan constituir un delito atribuible a adolescentes, antes de presentar la acusación ante un juez de control y acompañar al adolescente en todo el proceso, además de notificar a la Procuraduría de la Defensa del Menor y de la Familia sobre la situación de los niños, niñas y adolescentes.

Para esto se reforma la Ley Orgánica del Poder Judicial para adecuar la denominación, estructura y atribuciones de los distintos órganos que habrán de desempeñar esas funciones, conocer de los asuntos y recursos que señala la Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes.

En materia de justicia alternativa, se asigna al Centro Estatal competente la obligación de ejercer las atribuciones y facultades contenidas en la Ley del Sistema Integral de Justicia Penal para
Adolescentes.

También se reforma y adiciona la Ley de la Defensoría Pública del Estado de Michoacán, con la finalidad de crear una Subdirección de Defensa y Asesoría Jurídica en Materia de Justicia para Adolescentes que tendrá a su cargo la defensa legal de los adolescentes a quienes se atribuya la realización de una conducta tipificada como delito, desde el momento en el que sean presentados ante el Ministerio Público y mientras estén sujetos a cualquiera de las fases del Sistema de Justicia para Adolescentes.

Asistir al adolescente o adulto joven sujeto a la aplicación de la Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes, especialmente en aquellos momentos en los que por decisión de la autoridad se modifique su situación jurídica o se pongan en riesgo sus derechos o garantías.

Se adiciona el artículo 21 de la Ley Orgánica de la Administración Pública, a fin de que a la Secretaría de Seguridad Pública le corresponda el ejercicio de las atribuciones siguientes: ejecute las
medidas cautelares y de sanción impuestas a las personas adolescentes, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes. El ejercicio de esta función será realizado a través de un órgano desconcentrado dotado de autonomía técnica, operativa y de gestión.

La Ley del Sistema Estatal de Seguridad Pública será reformada a fin de que los agentes de las policías que en el ejercicio de sus funciones tengan contacto con niños, niñas o adolescentes presuntamente involucrados en conductas tipificadas como delito, deberán abstenerse de exhibir o exponer públicamente a las niñas, niños y adolescentes, así como publicar o divulgar toda grabación, filmación, imagen o cualquier otra información relacionada con los mismos.