Reprocha artesano abandono en atención a la salud en Michoacán
MORELIA, Mich., 7 de agosto de 2021.- Alrededor de 80 infracciones se han impuesto en Morelia a chóferes del servicio de transporte público, por incumplir medidas de prevención de contagios por coronavirus (Covid 19), señaló Silvestre Zúñiga Olvera, director de Operaciones, de la Comisión Coordinadora del Transporte en el Estado (Cocotra).
Explicó que desde marzo de 2020, cuando se declaró la contingencia sanitaria en Michoacán, por la pandemia de Covid 19, cerca de 80 multas se han aplicado a operadores de rutas del transporte público, principalmente, por la no portación de cubrebocas, no disponer de gel antibacterial y presentar un sobrecupo en las unidades, de acuerdo con el aforo máximo permitido al sector.
Zúñiga Olvera aseguró que se hacen operativos de revisión en uno a dos puntos por día, tres o cuatro veces por semana, en los sitios con mayor afluencia vehicular, como el Centro Histórico, las inmediaciones del monumento a Lázaro Cárdenas y los accesos al municipio.
Asimismo, se privilegia el horario diurno, debido a que no se tiene mucho personal a disposición.
Las infracciones oscilan de 450 a 800 pesos, ya que “no es la intención perjudicar al transportista, sino contribuir con la población a cuidar la salud pública”.
Silvestre Zúñiga mencionó que de encontrarse que el chófer no porta cubrebocas o no tiene al alcance de pasajeros gel antibacterial, se le aplica sanción, mientras que si son los pasajeros los que no usan el barbijo, se les invita a colocárselo y, de negarse, se les pide descender de la unidad.
Finalmente, de detectar sobrecupo se solicita al operador devuelva el pasaje a los usuarios excedentes para que estos desciendan de la unidad y aguarden otra.
Además de en Morelia, se tienen estos operativos en Zamora, Zitácuaro, Lázaro Cárdenas y Apatzingán.
En Morelia el aforo máximo permitido para las unidades del transporte público es ahora del 40 por ciento, tras disminuir desde el 50 por ciento por el aumento en los casos de Covid 19.




