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MORELIA, Mich., 1 de febrero de 2015.- El precandidato del Partido Acción Nacional (PAN) a la presidencia municipal de Morelia, Ignacio Alvarado Laris, daña la equidad de la contienda electoral al realizar actos anticipados de campaña, según sentencia del pleno de la Sala Regional Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
“La mayoría de los integrantes del pleno razonaron que sí existió una promoción indebida de la imagen del precandidato, ya que del análisis de los promocionales exhibidos, no resulta fácil para la ciudadanía en general, percatarse de que se trata únicamente de una precandidatura del Partido Acción Nacional y que la promoción, se encuentra dirigida únicamente a los militantes del partido”.
En un comunicado de prensa se indica que el pleno resolvió anoche un Juicio de Revisión Constitucional Electoral, promovido por el Partido de la Revolución Democrática, en contra de una resolución dictada por el Tribunal Electoral del Estado de Michoacán (TEEM).
En la sentencia impugnada, el tribunal responsable había declarado inexistentes las violaciones aducidas por el mencionado instituto político, en contra del Partido Acción Nacional y su precandidato, en lo que consideraron actos anticipados de campaña para la elección de la presidencia municipal de Morelia, Michoacán.
Cabe señalar que el Partido de la Revolución Democrática no impugnó la resolución del TEEM sino que fue el Partido Revolucionario Institucional (PRI) y puede tratarse de un error del área de comunicación social, lo cual no se pudo confirmar porque la página oficial del TEPJF así como de su Sala Regional Toluca no están disponibles.
Consultado al respecto, el representante legal del PAN, Javier Mora, señaló el error y reservó su derecho a opinar hasta en tanto no conozca a detalle la sentencia emitida la noche de este sábado por la Sala Regional Toluca del TEPJF.