Morelia: ultiman a 2 hombres en Ciudad Jardín
MORELIA, Mich., 11 de julio de 2013.- Aunque el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó la resolución del Tribunal Electoral del Estado de Michoacán, que imponía una multa de 8 millones de pesos al PRD de Michoacán, el partido del sol azteca aún podría ser sancionado debido a que máximo órgano de justicia electoral del país mandato la elaboración de una nueva resolución.
La presidenta del Tribunal Electoral del Estado de Michoacán, María de Jesús Ramírez mencionó que el fallo de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación refiere que se tiene que elaborar una nueva resolución en la que se tomen en cuenta que el financiamiento privado que ejerció el PRD en el primer semestre de 2009 provenía de aportaciones de los militantes y no de fuentes ilícitas.
Igualmente, abundó la magistrada, se ordenó ponderar que en año en el que el PRD rebasó su financiamiento privado sobre el público no estaba en curso un proceso electoral, de tal manera que estas dos atenuantes tendrán que ser ahora tomadas en cuenta en una nueva resolución.
La titular del TEEM mencionó que en la sentencia del TEPJF no indica que se debe modificar la cuantía de la multa sino que pide que al elaborar una nueva resolución y en caso de emitir una multa se deben tomar en cuenta el origen de los recursos que ejerció del PRD de fuentes privadas y que se trató de un año no electoral.
“Nos falta analizar con mayor detenimiento la resolución, porque no nos han mandado el expediente aún, pero en esencia esos son los puntos que ordenó la Sala Superior que volviera a valorar el Tribunal (Electoral del Estado de Michoacán)”, mencionó.
Asimismo, la presidenta del TEEM mencionó que una vez que sean notificados de la resolución acordada el pasado 10 de julio, será analizado a profundidad el dictamen y en el menor paso posible se emitirá una resolución nuevamente.
En el expediente de 286 hojas que se encuentra publicado en el portal de internet del Poder Judicial de la Federación se aprecia en la última parte de los considerados que una nueva sanción debe ser fijada tomando en cuenta algunas atenuantes.
“De manera que, como la autoridad responsable no analizó el impacto que dichas situaciones pueden tener en la graduación de la sanción, lo procedente es revocar la resolución impugnada, para el efecto de que el Tribunal Electoral del Estado de Michoacán emita otra, en la que se pronuncie al respecto, con la finalidad de garantizar el derecho de defensa del partido actor, y de ser el caso, ordene directamente al Instituto Estatal Electoral que tales elementos sean tomados en cuenta para la graduación de la sanción correspondiente”, refiere la sentencia del juicio de revisión elaborada por el magistrado Pedro Esteban Penagos.
Sin diluirse aún la multa de 8 mdp para el PRD: TEEM
Luis Felipe Rosiles/Quadratín
MORELIA, Mich., 11 de julio de 2013.- Aunque el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó la resolución del Tribunal Electoral del Estado de Michoacán, que imponía una multa de 8 millones de pesos al PRD de Michoacán, el partido del sol azteca aún podría ser sancionado debido a que máximo órgano de justicia electoral del país mandato la elaboración de una nueva resolución.
La presidenta del Tribunal Electoral del Estado de Michoacán, María de Jesús Ramírez mencionó que el fallo de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación refiere que se tiene que elaborar una nueva resolución en la que se tomen en cuenta que el financiamiento privado que ejerció el PRD en el primer semestre de 2009 provenía de aportaciones de los militantes y no de fuentes ilícitas.
Igualmente, abundó la magistrada, se ordenó ponderar que en año en el que el PRD rebasó su financiamiento privado sobre el público no estaba en curso un proceso electoral, de tal manera que estas dos atenuantes tendrán que ser ahora tomadas en cuenta en una nueva resolución.
La titular del TEEM mencionó que en la sentencia del TEPJF no indica que se debe modificar la cuantía de la multa sino que pide que al elaborar una nueva resolución y en caso de emitir una multa se deben tomar en cuenta el origen de los recursos que ejerció del PRD de fuentes privadas y que se trató de un año no electoral.
“Nos falta analizar con mayor detenimiento la resolución, porque no nos han mandado el expediente aún, pero en esencia esos son los puntos que ordenó la Sala Superior que volviera a valorar el Tribunal (Electoral del Estado de Michoacán)”, mencionó.
Asimismo, la presidenta del TEEM mencionó que una vez que sean notificados de la resolución acordada el pasado 10 de julio, será analizado a profundidad el dictamen y en el menor paso posible se emitirá una resolución nuevamente.
En el expediente de 286 hojas que se encuentra publicado en el portal de internet del Poder Judicial de la Federación se aprecia en la última parte de los considerados que una nueva sanción debe ser fijada tomando en cuenta algunas atenuantes.
“De manera que, como la autoridad responsable no analizó el impacto que dichas situaciones pueden tener en la graduación de la sanción, lo procedente es revocar la resolución impugnada, para el efecto de que el Tribunal Electoral del Estado de Michoacán emita otra, en la que se pronuncie al respecto, con la finalidad de garantizar el derecho de defensa del partido actor, y de ser el caso, ordene directamente al Instituto Estatal Electoral que tales elementos sean tomados en cuenta para la graduación de la sanción correspondiente”, refiere la sentencia del juicio de revisión elaborada por el magistrado Pedro Esteban Penagos.