Suman 5,352 secuestros en el actual sexenio
MORELIA, Mich., 30 de mayo de 2016.- José David N, presunto responsable del homicidio de una menor de tres años, al aventarla y sumergirla en varias ocasiones a una alberca, el 12 de agosto de 2015, rechazó el procedimiento abreviado, el cual consiste en una pena menor si el imputado reconoce su falta.
La jueza María de la Soledad López Ortiz, fue quien condujo la audiencia en la que la fiscalía lo acusó de homicidio con ventaja, traición, dolo e instantáneo y pidió se le castigue con la pena máxima de 40 años de prisión y reparar el daño causado pagando 345 mil 496 pesos 80 centavos.
Los abogados del acusado señalaron que a acusación no era procedente porque la conducta de José David N con la menor no fue la causa de la muerte, por lo que no hubo dolo, ventaja ni traición, como lo demostrará durante el juicio.
La fiscalía pidió a la jueza aceptara como prueba los testimonios de 18 personas que fueron testigos previos, concomitantes y después de los hechos conocidos a través de un video dado a conocer por Quadratín, Agencia Mexicana de Información y Análisis.
Entre ellos están la madre de la menor, quien ahora la representa legalmente y es considerada víctima secundaria, el personal del hotel, el médico y las enfermeras que atendieron a la niña y personal del hotel donde se hospedaban, como los gerentes, un mesero, una mucama, una recepcionista, el ama de llaves y personal de mantenimiento.
La defensa consideró que el número de testigos era sobre abundante, pidió moderación y objeto testigo por testigo, como los testimonios del médico y las enfermeras porque todos eran para acreditar los mismos hechos.
Sin embargo, la fiscalía explicó que cada uno de los testigos tiene objetivos distintos, por lo que la jueza aceptó todos los testimoniales.
La fiscalía ofreció también un listado del personal que presentará 14 evidencias, como los peritos que hicieron el levantamiento del cadáver, el médico forense que realizó la necropsia, el químico que analizó los fluidos corporales, dos psicólogas y el perito que hizo el informe pericial del hotel.
Lo anterior le valió una llamada de atención de la jueza, porque esas pruebas documentales se debieron presentar durante la etapa escrita, pero como la defensa no objeto ni hizo debate aceptó que se incluyeran.
Lo único que objeto la defensa fue la prueba de los archivos digitales que se presentarán en el juicio oral ya que la fiscalía no especificó la fuente, cómo la obtuvo y cómo la embaló, pero la fiscalía aclaró que la recepcionista entregó una memoria a la policía, por lo que la jueza no encontró elementos para determinar que al obtenerla se hubieran violentado los derechos humanos.
La fiscalía presentará también como pruebas documentales el certificado de nacimiento de la menor, una ficha de hospedaje, un set de 71 imágenes tomadas del video, siete imágenes del levantamiento del cadáver, el diagnóstico médico de la víctima, un resumen de clientes del hotel y el expediente del Centro de Readaptación Social donde se encuentra interno José David N.
La defensa se reservó el derecho para controvertir y presentar su teoría del caso 116/1025 y ofreció presentar testimonios para probarla, una del médico forense que hizo un análisis de la necropsia y observaciones químicas, así como de un psicólogo forense que evaluó los rasgos criminales del acusado.
Se solicitó a la jueza se permitiera que el psicólogo participe en la etapa del juicio y en el de la individualización de la pena, pero le fue negada la posibilidad, pero dejó abierta la posibilidad de que presente otro asesor antes de que se realice el juicio.
Los testimoniales que ofrecerá la defensa son pocos: la madre de la niña, el médico y la enfermera que atendieron a la menor y un policía ministerial.
La lista de testigos, peritajes y documentales es larga por lo que se prevé que el juicio oral que se realizará a mediados del próximo mes de julio dure varias horas.