Denuncia comunicadora de Pátzcuaro ser víctima de violencia
MORELIA, Mich., 22 de abril de 2016.- Luego de varias semanas de que el señor Norberto Meza solicitara apoyo para el tratamiento de diálisis de su esposa, la Comisión Ejecutiva Estatal de Atención a Víctimas del Estado de Michoacán de Ocampo (CEEAV), obtuvo un acuerdo cautelar a favor de la señora Leticia Durán Martínez.
Dicha determinación es la primera que obtiene este órgano y se centra en favorecer a la ciudadana con medidas cautelares debido a que existe un riesgo inminente de daño a la vida o integridad física de la víctima, como lo explicó el doctor en Derecho Gumesindo García Morales.
“La noche de ayer (miércoles) el programa de la Facultad de Derecho que es la Clínica Litigio Estratégico que yo dirijo asistió a una víctima que tiene insuficiencia renal y es una mujer de escasos recursos económicos, y decidimos utilizar una de las diferentes vías para la defensa jurídica de los derechos humanos”.
Dicha vía se obtuvo en la Comisión Ejecutiva Estatal de Atención a Víctimas, cuyo órgano es ajeno a la Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo (UMSNH), no así la Clínica Litigio Estratégico.
Con este resolutivo, la ciudadana Leticia Durán Martínez deberá recibir atención médica de inmediato en la clínica en mención, debido a que la Secretaría de Salud en Michoacán (SSM) no brindó la atención debida con el argumento de que el esposo de la afectada ya no cotizaba en el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).
“Este resolutivo es en contra de la autoridad de salud del estado; no es sancionatorio, se emite con un fin preventivo, es decir, evitar que se ocasione un daño de imposible reparación en la vida o la integridad física de la víctima se determina que se le brinde atención médica de inmediato”.
Aseguró que ante este primer resolutivo se da pie para que más personas que se encuentren en estas condiciones puedan acceder a apoyo médico: “Sí claro que sí, porque esto es un derecho humano, un derecho constitucional que le corresponde a todas las personas”.
Lo establecido
Lo que refiere el documento en mención es que de acuerdo con la queja interpuesta por la ciudadana Leticia Durán Martínez y apegándose al Artículo Cuarto de la Constitución Política, que establece que toda persona tiene derecho a la protección de la salud, se dicta la siguiente medida cautelar:
“Se le otorgue de manera urgente la atención médica que requiera la paciente, la C. Leticia Durán Martínez, sesiones de hemodiálisis tres veces por semana de forma indefinida y lo que resulte necesario para garantizarle la debida atención médica”.
De igual manera, como tercer estatuto menciona que “se le informe a la autoridad, en este caso al secretario de Salud, que de conformidad con el artículo 22 de la Ley de Atención a Víctimas para el Estado de Michoacán, deberá dar cumplimiento a lo acordado, así como informar a esta Comisión Ejecutiva Estatal de Atención a Víctimas el cumplimiento del presente acuerdo”.
El pasado 31 de marzo el señor Norberto solicitó a la población y a las autoridades, apoyo para que contara con un trabajo que le diera la oportunidad de cotizar en el IMSS y de esta manera seguir proporcionando a su esposa el servicio de hemodiálisis, pues requiere de manera urgente el tratamiento, de lo contrario, puede tener complicaciones.
Días después, el especialista en Derecho ofreció sus servicios para poder atender y pelear para obtener un resolutivo a favor y se pudiera seguir ofreciendo esta atención a la paciente, lo cual se logró a poco menos de un mes de haberse dado el llamado de los afectados.