Concesionado por 10 años manantial de San Miguel del Monte, Morelia
MORELIA, Mich., 18 de enero de 2014.- Tomando como punto de partida el artículo 21 de la Constitución General de la República, el gobierno federal elaboró el decreto por el cual se crea la Comisión para la Seguridad Pública y el Desarrollo Integral de Michoacán.
En un documento de cuatro cuartillas, que contiene 10 artículos y dos transitorios, el gobierno federal apela al Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, en el que se establece el compromiso del gobierno de la república por “un México en paz”.
Y dentro de los considerandos se puntualiza:
“Que en los últimos años, el Estado de Michoacán y varios de sus municipios han presentando manifestaciones de debilidad institucional, lo que ha propiciado diversas expresiones violentas de la delincuencia organizada y de otros grupos armados y, como resultado, se ha mermado el Estado de a Derecho en el que se deben desarrollar entre el gobierno y los habitantes de aquella entidad federativa”.
El decreto recuerda la firma del convenio de la colaboración signado el 13 del presente en Palacio de Gobierno entre el ejecutorio estatal y el secretario de gobernación, Miguel Ángel Osorio y la previa solicitud de apoyo por parte de Fausto Vallejo para contener la espiral de inseguridad en tierra caliente.
A partir de ello, el gobierno de la República, recurrió al artículo 27 de de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, “para la creación de un órgano administrativo desconcentrado que sea el conducto para que el Secretario de Gobernación coordine y ejecute las acciones necesarias para el cumplimiento de las instrucciones del Ejecutivo Federal”.
Asimismo, los considerandos establecen que, de acuerdo al al Sistema Nacional de Seguridad, la Secretaria de Gobernación tiene la obligación de auxiliar a los ayuntamiento y entidades federativas en la protección de la interior física de las personas y de la preservación de sus bienes; reforzar, cuando así lo soliciten, la tarea policial y de seguridad de los municipios y localidades rurales y urbanas que lo requieran; intervenir ante situaciones de peligro cuando se vean amenazados por aquellas que impliquen violencia o riesgo inminente.
El decreto señala que es preocupación del gobierno federal por dar sustento a la unidad nacional, a preservar la cohesión social y a fortalecer las instituciones de gobierno, por lo cual es indispensable un enfoque integral que atienda no solamente la problemática de seguridad pública, sino también el desarrollo político, económico y social, de tal manera que el orden jurídico sea el pilar fundamental de la convivencia social.
Además, el documento recuerda que: “Las Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la tesis de jurisprudencia identificada como P/J 36/2000 determinó que es constitucionalmente posible que el Ejército, Fuerza Aérea y Armada en tiempos que no se haya decretado suspensión de garantías, puedan criar en apoyo de las autoridades civiles en tareas diversas de seguridad pública”.
A parir de esto, se crea la citada Comisión, que dentro de sus atribuciones está la de “coordinar a toda las autoridades federales para el restablecimiento del orden y la seguridad en el Estado de Michoacán y su desarrollo integral, bajo un enfoque amplio que abarque los aspectos políticos, sociales, económicos y de seguridad pública”.
La nueva Comisión tendrá para su desempeño unidades administrativas y áreas de apoyo necesarias para el ejercicio de sus funciones, de acuerdo al artículo tercero del decreto.
El artículo quinto, establece, asimismo, que el comisionado será el conducto entre gobernación para la coordinación institucional; formular y ejecutar políticas, programas y acciones orientadas a la prevención de delitos, fortalecimiento institucional, reconstrucción del tejido social restablecimiento de la seguridad y desarrollo integra, así como la promoción de coordinación entre las tres instancias del gobierno, en las que se incluyen PGR y PGJE.
Otra de las atribuciones es la de disponer, ordenar y coordinar las acciones de apoyo y auxilio por parte de las instituciones federales y fuerza pública necesarias para el cumplimiento del decreto, así como de las Fuerzas Armadas en los términos que dispone la ley.
Además, tendrá la facultad de remover y designar funcionarios federales.