Exige Morena que Grecia Quiroz revele si irá como independiente o con MC
MORELIA, Mich., 2 de diciembre de 2025.- El Tribunal Electoral del Estado de Michoacán (Teemich) revocó la resolución de la Comisión Nacional de Justicia Partidaria del PRI, que negó el reconocimiento de militancia a una promovente, al concluir que la autoridad partidista incumplió con la obligación de motivar jurídicamente su decisión.
En sesión pública, este martes, el Pleno determinó que la Comisión únicamente se limitó a precisar su competencia, sin desarrollar un análisis sustantivo sobre las razones normativas y estatutarias que justificarían desconocer la afiliación de la promovemte.
Según el proyecto aprobado, la resolución impugnada retomó únicamente el resultado de una consulta en la base de datos validada por el Instituto Nacional Electoral, sin explicar el origen, la causa o la regularidad del registro utilizado para negar la militancia.
El Teemich señaló que no hubo referencia a procedimientos internos, actos administrativos previos, reglas de depuración del padrón ni disposiciones estatutarias que permitieran sostener la decisión partidista.
Al no realizar un estudio lógico y jurídico que permitiera a la promovente comprender por qué, a pesar de constancias internas que reconocen su militancia histórica, el PRI decidió desconocerla, la resolución vulneró los principios constitucionales de legalidad y seguridad jurídica.
Por estas razones, el Teemich concluyó que existió falta de fundamentación y motivación en perjuicio del derecho de afiliación de la promovente, y ordenó a la Comisión Nacional de Justicia Partidaria emitir una nueva determinación conforme a los lineamientos establecidos en la sentencia aprobada.




