Prohíbe comunidad purépecha de Jarácuaro campañas electorales
MORELIA, Mich., 5 de abril de 2021.- Ante la incapacidad de la administración pública para dar adecuada respuesta al derecho constitucional que tienen los gobernados de preguntar, de ser informados, de ser orientados y finalmente, poder ejercer a plenitud su derecho de petición, el diputado Óscar Escobar propuso reformar la Ley Orgánica de la Administración Pública.
En su exposición de motivos señala que con el antecedente de una cultura administrativa en todo momento ha sido autoritaria su intención es construir los mecanismos estructurales legales para que los individuos puedan acceder a una atención ciudadana integral pero que sea centrada en el usuario en todo momento.
“De nadie es desconocido, el derecho humano fundamental de respetar el ejercicio de petición, estableciendo como únicas limitantes el que se haya formulado por escrito, de manera pacífica y respetuosa, y a la que habrá de recaer por fuerza, un acuerdo escrito de la autoridad a la que se hubiera dirigido, que además debe ser elaborada en un breve término… ‘término’ del que formalmente no siempre se sabe a cuántos días se refiere la propia legislación como suficientes para poder dar un acuerdo o respuesta”.
Por ello propone reformar el artículo dos para que la atención ciudadana sea integral que quiere decir que es centrada en la persona y en el ciudadano, misma que será de fácil acceso respecto de la ubicación de las autoridades; disponibilidad de transporte; facilidad en la programación de citas; accesibilidad a los servicios ordinarios o especializados institucionales cuando así se requiera.
También se deberán dar instrucciones claras acerca de cuándo y cómo obtener referencias para el ejercicio de sus denuncias o demandas, así como mejorar los trámites y servicios públicos que dan origen a solicitudes, sugerencias o quejas, que podrá ser ejercido por vía electrónica, correo postal, mensajería o telégrafo o en los medios y casos en que las autoridades así lo determinen.
También se modificaría el artículo 14 para que los titulares de las dependencias y entidades de la administración pública, a través de la unidad de atención ciudadana integral deberá recibir las denuncias o demandas, así como mejorar los trámites y servicios públicos que dan origen a solicitudes, sugerencias o quejas, a lo que deberá responder por escrito dentro de un plazo máximo de 20 días hábiles.
Dicho plazo podrá ampliarse hasta por veinte días más, siempre y cuando existan razones fundadas y motivadas, contados desde la fecha en que se recibe la petición, siempre que se hagan conforme a la ley y cuando ésta no marque un término distinto, este derecho podrá ser ejercido por vía electrónica, correo postal, mensajería o telégrafo o en los medios y casos en que las autoridades así lo determinen.




