Presentan iniciativa para agilizar la expedición de actas de defunción

MORELIA, Mich., 6 de febrero de 2025.- La diputada Belinda Iturbide Díaz presentó una iniciativa en el Congreso de Michoacán para reformar el Código Familiar y la Ley Orgánica del Registro Civil del estado, para agilizar la expedición de actas de defunción en casos de personas desaparecidas cuyos restos son localizados después de seis meses.
En rueda de prensa, previo a presentar la iniciativa en sesión pública del Pleno de la 76 Legislatura, en conjunto con autoridades de la Comisión Estatal de Derechos Humanos, la Fiscalía General del Estado, la Comisión de Búsqueda de Personas Desaparecidas, la Secretaría de Gobierno y la Secretaría de Salud, explicó la relevancia del tema.
La legisladora de Morena mencionó que, de acuerdo con el contexto nacional, la crisis de desapariciones sigue en aumento; en 2024, se registraron 316 mil 388 personas desaparecidas en el país, de las cuales 104 mil 462 siguen sin ser localizadas.
Destacó que Michoacán ocupa el lugar número 11 a nivel nacional con 10 mil 244 casos reportados hasta mayo del mismo año, y Morelia encabeza la lista de municipios con mayor incidencia, con 2 mil 317 personas desaparecidas.
Actualmente, el Código Familiar de Michoacán establece un plazo de seis meses para el levantamiento del acta de defunción, después del cual solo es posible mediante una orden judicial.
Esta restricción, según la propuesta, revictimiza a los familiares de desaparecidos, quienes enfrentan largos procesos burocráticos para poder sepultar los restos de sus seres queridos una vez identificados.
La iniciativa busca agregar un segundo párrafo al artículo 118 del Código Familiar para permitir la expedición de actas de defunción sin restricciones de tiempo cuando se trate de cadáveres o restos humanos identificados, identificados no reclamados y no identificados.
También propone una modificación al artículo 20 de la Ley Orgánica del Registro Civil para que los oficiales del registro puedan emitir estos documentos sin necesidad de intervención judicial, siempre que lo solicite el Ministerio Público y se cuente con el certificado de defunción expedido por un médico legista de la Fiscalía General del Estado.
Su propósito es garantizar el acceso expedito a los trámites de defunción en casos de desaparición, evitando que las familias enfrenten procesos legales adicionales que prolonguen su sufrimiento.
De aprobarse esta reforma, Michoacán se sumaría a los estados que buscan agilizar estos trámites como una medida humanitaria hacia las víctimas indirectas de la desaparición forzada y otros delitos que derivan en la localización tardía de cadáveres.