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MORELIA, Mich., 15 de septiembre de 2026.- Los partidos políticos deberán destinar al menos el 5 por ciento de los recursos correspondientes a actividades específicas a la capacitación, formación política y empoderamiento de personas pertenecientes a la población LGBTQ+, determinó el Consejo General del Instituto Electoral de Michoacán (IEM).
La obligación, establecida este martes en sesión pública, forma parte de los lineamientos aprobados por unanimidad para regular el ejercicio de este financiamiento e impulsar la participación efectiva de las personas de la diversidad sexual y de género en los procesos electorales y espacios de toma de decisiones.
El porcentaje no se calculará sobre la totalidad del financiamiento público ordinario de los partidos, sino sobre el rubro destinado a actividades específicas dentro de las prerrogativas que reciben anualmente.
Al presentar el proyecto, el consejero Ian Aguilar Madrigal explicó que los lineamientos derivan del Decreto Legislativo 270, publicado el 9 de enero de 2026 en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional del Estado de Michoacán.
Mediante esa reforma se adicionó una disposición al artículo 112 del Código Electoral estatal y se vinculó al IEM para emitir las reglas necesarias para su aplicación.
Los partidos deberán integrar programas anuales de trabajo con una justificación, objetivos definidos, identificación de la población a la que estarán dirigidos y mecanismos que permitan comprobar la realización de cada actividad.
Asimismo, tendrán que presentar evidencia documental de la ejecución de sus programas y acreditar la especialización de las personas responsables de impartir la capacitación.
Entre los temas que podrán incluirse se encuentran el marco jurídico de la autoadscripción, la identificación de la violencia política contra la diversidad sexual, nuevas masculinidades, seguridad digital y construcción de liderazgos políticos de la diversidad.
Las actividades deberán desarrollarse bajo una perspectiva de derechos humanos y considerar la orientación sexual, identidad y expresión de género, características sexuales e interseccionalidad de las personas participantes.
Los lineamientos también establecen el uso de lenguaje claro e incluyente y la eliminación de expresiones despectivas, sexistas o discriminatorias que invisibilicen, subordinen o estigmaticen a las personas LGBT+.
Aguilar Madrigal señaló que los recursos deberán utilizarse exclusivamente para la capacitación, formación y empoderamiento político de esta población, por lo que no podrán desviarse hacia gastos operativos ordinarios de los partidos ni a finalidades distintas.
Para fortalecer la calidad técnica de los programas, el IEM permitirá que los institutos políticos establezcan convenios con organizaciones de la sociedad civil e instituciones académicas especializadas en derechos humanos y diversidad sexual.
La Coordinación de Igualdad de Género, No Discriminación y Derechos Humanos del IEM deberá elaborar un informe sobre el cumplimiento y el impacto del financiamiento ejercido por los partidos, que posteriormente será presentado al Consejo General.
El consejero Jorge Luis Hernández Altamirano señaló que el proyecto fue discutido y ajustado para cumplir con las obligaciones legales del instituto y establecer reglas claras sobre el ejercicio de los recursos.
Con la aprobación de los lineamientos, los partidos deberán incorporar en su planeación financiera y política las acciones dirigidas a formar liderazgos de la diversidad y ampliar su participación en candidaturas, procesos electorales y órganos de decisión.




