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MORELIA, Mich., 5 de agosto de 2026.- El Tribunal Electoral del Estado de Michoacán (Teemich) ordenó al ayuntamiento de Zamora restituir el derecho de una regidora y un regidor a intervenir en la sesión solemne del Segundo Informe de Gobierno Municipal, al determinar que fueron vulnerados sus derechos político electorales en la vertiente del ejercicio del cargo.
En sesión pública, el Pleno del Teemich aprobó por unanimidad la sentencia de los juicios para la protección de los derechos político electorales de la ciudadanía 75 y 76 de 2026, promovidos por ambos integrantes del Cabildo, quienes impugnaron la determinación que les impidió hacer uso de la voz durante la sesión del informe.
La ponencia de la magistrada Yurisha Andrade Morales concluyó que el acuerdo aprobado por el Cabildo realizó una interpretación errónea y restrictiva de la Ley Orgánica Municipal, al considerar que únicamente podía intervenir un representante de la coalición que los postuló y que, además, el partido político que los llevó al cargo había perdido su registro.
El tribunal sostuvo que el derecho a participar con voz en los informes de labores constituye una prerrogativa inherente al cargo de regidor, prevista en la Ley Orgánica Municipal, por lo que no puede condicionarse a la forma en que fueron postulados ni a la situación jurídica posterior del partido político.
Durante la discusión del asunto, la magistrada presidenta Amelí Giselle Navarro Lepe señaló que el Teemich es respetuoso de la organización interna de los ayuntamientos, pero precisó que corresponde al órgano jurisdiccional intervenir cuando las decisiones de los cabildos afectan derechos político electorales relacionados con el desempeño del cargo.
Con la resolución, el Teemich declaró existente la vulneración a los derechos de los promoventes, ordenó a las autoridades responsables cumplir con los efectos de la sentencia y garantizar que ambos regidores puedan ejercer plenamente las atribuciones inherentes a su encargo.




