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MORELIA, Mich., 26 de enero de 2026.- El marco legal en Michoacán excluye actualmente de la protección en materia de violencia política contra las mujeres en razón de género a quienes desempeñan cargos públicos sin haber sido electas por voto popular, advirtió la magistrada del Tribunal Electoral del Estado de Michoacán, Alma Rosa Bahena Villalobos.
En entrevista con Quadratín, al exponer áreas de oportunidad detectadas a partir del balance de casos atendidos por el Tribunal en la última década, la Magistrada sostuvo que es necesario reformar la legislación local para ampliar el alcance de la protección.
“La segunda área de oportunidad en la que considero que sería pertinente y deseable en el Estado de Michoacán es que se legisle expresamente para prever que las mujeres se encuentren desempeñando un cargo público, aunque no necesariamente tenga que ser derivado del voto popular”, señaló.
Explicó que el vacío normativo deja fuera a mujeres que ejercen funciones de gobierno y que pueden ser objeto de conductas que afectan sus derechos por razón de género.
“Pero sí desempeñando una función de gobierno, tanto en el eje legislativo, judicial y en los ayuntamientos, en sus titularidades de los poderes del Estado, también puedan ser protegidas por la legislación electoral”, puntualizó.
Bahena Villalobos detalló que la propuesta contempla un esquema institucional claro para la atención de estos casos.
“Que el Instituto Electoral sea quien integre los expedientes, recabe el material probatorio que considere necesario y, en el momento oportuno, si existen elementos suficientes, lo remita al Tribunal Electoral para la resolución del mismo”, explicó.
Subrayó que esta ampliación permitiría cerrar una brecha legal que actualmente limita la intervención de las autoridades electorales cuando la violencia política se presenta fuera de procesos electivos, pero dentro del ejercicio de funciones públicas.
La Magistrada consideró que avanzar en esta reforma fortalecería la protección de los derechos de las mujeres que participan en la vida pública del estado y dotaría de mayor eficacia a los mecanismos institucionales para prevenir, sancionar y reparar la violencia política de género, independientemente del origen del cargo que desempeñen.




