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MORELIA, Mich., 11 de agosto de 2026.- Los conductores que de manera imprudente generen algún incidente grave en el que se vea perjudicada la integridad de una o más personas podrán perder su licencia de conducir hasta por 15 años, de acuerdo con lo determinado por la persona juzgadora.
Lo anterior deriva de una reforma al artículo 137 del Código Penal del Estado de Michoacán, propuesta e impulsada por la legisladora Eréndira Isauro y aprobada por el pleno de la 76 Legislatura del Congreso del Estado el pasado mes de julio.
Los cambios establecen que, cuando se cometan los delitos de homicidio o lesiones culposas con motivo del tránsito vehicular, como conducir bajo los influjos de drogas o alcohol, hacerlo de forma temeraria o darse a la fuga, se impondrá la suspensión del derecho a conducir hasta por 15 años, además de las penas privativas de la libertad correspondientes.
De acuerdo con la reforma, la suspensión del derecho a conducir busca generar un efecto preventivo y establecer consecuencias firmes para quienes, al incumplir sus deberes de cuidado frente al volante, provoquen la muerte o lesiones permanentes a otras personas.
De acuerdo con datos ofrecidos por la Fiscalía General del Estado de Michoacán (FGE), durante el primer cuatrimestre de 2025 se registraron 242 decesos derivados de hechos de tránsito en Michoacán. De esta cifra, 105 correspondieron a conductores de vehículos, 88 a motociclistas y 49 a personas atropelladas.
Asimismo, la FGE reportó que 55 de las personas fallecidas se encontraban bajo los influjos del alcohol, mientras que 17 dieron positivo a alguna droga.




