GPPT del lado de las causas de la gente: Vicente Gómez
MORELIA, Mich., 2 de marzo de 2026.- La creación de un Programa Estatal de Vivienda Temporal digna, segura y supervisada para adolescentes en proceso de reintegración social fue propuesta mediante una iniciativa de reforma al Código de Justicia Especializada para Adolescentes del Estado de Michoacán, ya turnada a las comisiones de Justicia y Derechos Humanos para su análisis
La propuesta, realizada por el diputado del PT Hugo Ernesto Rangel Vargas, plantea reformar los artículos 4, 54, 57 y 93, y adicionar del 150 Bis al 150 Septies, con el objetivo de incorporar de manera expresa el acceso a vivienda temporal para adolescentes que carezcan de hogar seguro o cuyo entorno familiar represente un riesgo para su integridad o para el cumplimiento de medidas socioeducativas.
La exposición de motivos parte de un diagnóstico social: 74 por ciento de adolescentes en conflicto con la ley vivió violencia física o emocional en su infancia; 61 por ciento provino de hogares con grave desintegración familiar.
Además, de acuerdo con este diagnóstico, 52 por ciento abandonó la escuela antes de los 15 años y 38 por ciento sufrió desplazamiento, abandono o expulsión del hogar. Además, más del 30 por ciento no puede regresar a su casa tras cumplir una medida judicial, por violencia, riesgo o falta de vivienda.
La iniciativa incorpora el enfoque de vulnerabilidad estructural, obligando a las autoridades a identificar si la conducta del adolescente está relacionada con pobreza extrema, exclusión educativa, violencia familiar, discriminación o participación forzada en dinámicas delictivas. También introduce el principio de reconstrucción del tejido social como eje de toda intervención pública.
El nuevo esquema establece que la vivienda temporal no tendrá carácter punitivo ni disciplinario. Se prohíben prácticas coercitivas, castigos físicos o medidas restrictivas arbitrarias. La finalidad será garantizar condiciones materiales, psicoemocionales y comunitarias que favorezcan la reinserción, la continuidad educativa y la prevención de reincidencia.
El Ejecutivo estatal estaría obligado a financiar, dirigir y operar el programa; habilitar o arrendar inmuebles con criterios de seguridad no policial y protección de identidad; cubrir alimentación, transporte, atención médica y de salud mental, servicios educativos y materiales escolares; y crear un Sistema Estatal de Monitoreo para evaluar su funcionamiento.
Por su parte, los ayuntamientos tendrían que identificar o proponer inmuebles dentro de su territorio, aportar servicios básicos como agua, electricidad y mantenimiento, y destinar recursos etiquetados en su presupuesto anual para programas comunitarios, culturales, deportivos y de prevención de violencias vinculados a la reintegración.
La permanencia en la vivienda temporal no podría exceder de 18 meses, salvo justificación fundada y revisión trimestral. La reforma también establece que la falta de suficiencia presupuestal no podrá invocarse para negar medidas, suspender programas o limitar derechos.
De aprobarse, el Ejecutivo estatal y los municipios contarán con un plazo máximo de 365 días naturales para armonizar sus disposiciones normativas, programáticas y presupuestarias a fin de garantizar la operación del nuevo modelo de vivienda temporal en Michoacán. Las comisiones de Justicia y Derechos Humanos, presididas por Morena y el Verde, respectivamente, analizan la propuesta de Rangel Vargas.




