Rechaza Morón distritos y Morelia: es un asunto de dignidad…
MORELIA, Mich., 18 de diciembre de 2025.- Con corte al 10 de diciembre de este año, el Instituto Electoral de Michoacán (IEM) ha recibido 30 quejas y denuncias por presuntos hechos de violencia política contra las mujeres en razón de género, de las cuales 21 no están vinculadas a procesos electorales, cinco corresponden al proceso extraordinario del Poder Judicial 2024-2025 y cuatro al proceso electoral ordinario local 2023-2024.
En el informe presentado por la Secretaría Ejecutiva del IEM ante el Consejo General, este jueves, se detallan el estado procesal de las resoluciones y las medidas cautelares solicitadas en cada expediente, conforme al marco jurídico electoral vigente en la entidad.
Del total de quejas presentadas en 2025, ocho ya cuentan con sentencia, ocho fueron desechadas, seis remitidas a instancias competentes, cinco enviadas al Tribunal Electoral del Estado de Michoacán, tres permanecen en trámite en el Instituto y una fue acumulada a otro expediente.
En cuanto al sentido de las sentencias, el informe precisa que en cuatro casos se declaró existente la violencia política contra las mujeres en razón de género, mientras que en tres se determinó su inexistencia, principalmente por no acreditarse el elemento de género o por incumplimientos procesales de las denunciantes.
Entre los casos con resoluciones relevantes se encuentran aquellos vinculados al proceso electoral ordinario 2023-2024, en los que el Tribunal Electoral declaró existente la violencia política por razón de género debido a la restricción de recursos financieros a candidatas, imponiendo multas a partidos políticos como PAN, PRI, PT y PVEM, además de ordenar medidas de reparación integral y dar vista a diversas autoridades estatales.
El informe también da cuenta de múltiples denuncias relacionadas con la obstrucción del ejercicio del cargo, particularmente en contra de regidoras, síndicas, presidentas municipales y funcionarias públicas, varias de las cuales fueron desechadas al no tratarse de cargos de elección popular o por no cumplir con los requisitos de ratificación y prevención establecidos en la normativa.
Respecto a las medidas cautelares y de protección, se registraron solicitudes en al menos 10 expedientes, de las cuales cuatro derivaron en medidas de protección procedentes, todas cumplidas, mientras que tres fueron impugnadas, con dos confirmadas y una revocada por la autoridad jurisdiccional.
Las medidas de protección más recurrentes incluyeron órdenes para abstenerse de actos de molestia, hostigamiento o intimidación, el retiro de publicaciones en redes sociales, exhortos a presidentes municipales par garantizar el orden en sesiones de Cabildo y, en casos específicos, la asignación de protección policial y atención psicológica a las denunciantes.
Finalmente, el informe subraya que la Secretaría Ejecutiva del IEM es competente únicamente para la instrucción de los procedimientos, desde la presentación de la queja hasta la remisión del expediente al Tribunal Electoral, así como para la adopción de medidas cautelares, y que el seguimiento de estos casos se informa de manera periódica al Consejo General.




