IEM no está obligado a consulta indígena en Chapa Nuevo: consejero

MORELIA, Mich., 11 de mayo de 2025.- El Instituto Electoral de Michoacán (IEM) no está obligado a realizar una consulta indígena en la comunidad de Chapa Nuevo, municipio de Salvador Escalante, atajó el consejero Juan Adolfo Montiel Hernández, presidente de la Comisión para la Atención de Pueblos Originarios del IEM.
Entrevistado este domingo, a pregunta expresa Montiel explicó que, de acuerdo con la reciente sentencia del Tribunal Electoral del Estado de Michoacán (Teemich), el IEM sólo debe realizar estudios para determinar si la comunidad cumple con los requisitos para ser reconocida como sujeta a consulta.
Lo que dice la sentencia es hacer estudios, hacer requerimientos para poder determinar si encuadra o no”, precisó el Consejero, en referencia a la demanda de habitantes de la localidad de Chapa, quienes, tras la sentencia del Teemich, dijeron en rueda de prensa que el IEM debe de convocar a la consulta.
La sentencia surge en un contexto de reformas al artículo 2 constitucional federal y al artículo 3 constitucional local, que establecen un plazo de 180 días para que el Congreso Federal y el Congreso local emitan las leyes secundarias que definirán los procedimientos para las consultas indígenas. Hasta entonces, las solicitudes deberán analizarse caso por caso.
Montiel Hernández señaló que el IEM se encuentra en un proceso de reflexión para definir cómo llevará a cabo los estudios ordenados por el Teemich, dado que la sentencia no especifica el tipo de estudios requeridos.
Aunque se ha considerado solicitar peritajes antropológicos al Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH), el consejero advirtió que esta opción tendría un costo que debe analizarse.
No somos antropólogos, solicitamos al INAH, pero la sentencia no dice que solicitemos al INAH”, subrayó.
El caso de Chapa Nuevo y otras comunidades, como Ticuiz, plantea la necesidad de definir criterios claros para las consultas indígenas, especialmente cuando no están registradas como tenencias en el catálogo del Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas (INPI).
Refirió que el IEM continuará con el proceso de análisis y requerimientos para cumplir con la sentencia del Teemich, pero dejó claro que no está obligado a convocar una consulta en Chapa Nuevo sin antes realizar los estudios que confirmen su condición como comunidad indígena sujeta a derechos de consulta.