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MORELIA, Mich., 1 de julio de 2026.- El Congreso de Michoacán retiró este miércoles del orden del día el dictamen que proponía endurecer las sanciones contra quienes incumplen con el pago de pensiones alimenticias, por lo que quedó en pausa la discusión de una reforma que elevaría de cinco a siete años la pena máxima de prisión para deudores alimentarios.
El proyecto de decreto, elaborado por la Comisión de Justicia, estaba enlistado para su discusión durante la sesión ordinaria de la 76 Legislatura, desarrollada este mipercoles, sin embargo, fue retirado antes de llegar al Pleno, por lo que las reformas no fueron sometidas a votación.
El dictamen planteaba modificar el artículo 181 del Código Penal de Michoacán para mantener el mínimo de tres años de prisión, pero aumentar la pena máxima de cinco a siete años, además de eliminar la posibilidad de imponer únicamente una multa y establecer una indemnización adicional a favor de las víctimas por concepto de reparación del daño.
La Comisión de Justicia también proponía incorporar un nuevo artículo 183 Bis para permitir que, en determinados casos y siempre privilegiando el interés superior de niñas, niños y adolescentes, las personas juzgadoras pudieran sustituir la pena de prisión por medidas de reparación y de crianza positiva, como cursos de sensibilización, actividades de cuidado, educación, nutrición, recreación y convivencia familiar.
En materia familiar, el dictamen planteaba reducir de 60 a 30 días el plazo de incumplimiento para que las autoridades migratorias fueran notificadas y, en su caso, restringieran la salida del país de la persona deudora alimentaria morosa.
Asimismo, establecía que los jueces dieran vista a la Comisión Estatal de Atención a Víctimas para que las personas acreedoras alimentarias recibieran asesoría jurídica sobre las vías administrativas, civiles y penales disponibles para reclamar el cumplimiento de la obligación alimentaria.
Aunque la iniciativa original presentada en octubre de 2025 proponía elevar las penas hasta 10 años de prisión, la Comisión de Justicia modificó ese planteamiento durante la elaboración del dictamen y fijó finalmente un rango de tres a siete años, al considerar que una sanción mayor resultaba desproporcionada y podía afectar el derecho de niñas, niños y adolescentes a mantener relaciones familiares.
Con el retiro del asunto del orden del día, la reforma quedó pendiente para una futura sesión del Congreso del Estado.




