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MORELIA, Mich., 11 de febrero de 2026.- Hasta 30 años de prisión podrían enfrentar quienes cometan abuso sexual contra menores mediante sumisión química en Michoacán, de aprobarse la iniciativa presentada por la diputada local del PRD, Brissa Ireri Arroyo Martínez, que propone reformar el Código Penal del Estado para endurecer las penas cuando se suministren sustancias que anulen o disminuyan la voluntad de la víctima.
La propuesta presentada al Pleno este miércoles plantea reformar el artículo 168 y adicionar una fracción al artículo 204 del Código Penal de Michoacán, con el fin de establecer como agravante que el delito se cometa aprovechándose de la incapacidad de la víctima derivada del suministro forzado u oculto de estupefacientes, drogas, fármacos o cualquier sustancia química o natural que tenga como finalidad modificar su comportamiento, alterar o anular su voluntad.
El propio texto define que se entenderá que una sustancia altera la voluntad cuando, sin provocar inconsciencia total, disminuye significativamente las capacidades cognitivas y volitivas de la persona, limitando su capacidad para comprender la conducta o resistirse a ella.
Actualmente, el artículo 167 Bis del Código Penal establece que el abuso sexual de personas menores de 18 años se sanciona con penas de nueve a dieciocho años de prisión. A su vez, el artículo 168 señala que las penas previstas para violación y abuso sexual se aumentarán en dos terceras partes cuando se actualicen agravantes.
Con la incorporación de la sumisión química como nueva agravante, la pena base de nueve a dieciocho años se incrementaría en dos terceras partes. En términos numéricos, ello implicaría que el rango de sanción podría pasar de: 9 a 18 años, a 15 a 30 años de prisión.
Es decir, el castigo podría alcanzar hasta tres décadas de cárcel en casos de abuso sexual contra menores cuando se utilicen sustancias para anular la voluntad de la víctima.
En materia de robo, la iniciativa propone añadir esta modalidad como supuesto de robo calificado grave en el artículo 204. Dicho precepto permite aumentar la pena hasta diez años de prisión, por lo que quien drogue a una persona para despojarla de sus bienes podría enfrentar hasta una década en prisión.
En la exposición de motivos, la Legisladora argumenta que la sumisión química ha cobrado relevancia por el incremento de casos y su impacto en delitos sexuales y patrimoniales, particularmente en perjuicio de mujeres y personas adultas mayores.




