"¡Los necesito!": Torres Piña al PRDM
MORELIA, Mich., 13 de mayo de 2026.- El Congreso de Michoacán aprobó una reforma para incorporar criterios de paridad de género en jefaturas de tenencia, encargaturas del orden y comisiones municipales de la mujer; sin embargo, el dictamen final moderó varias de las propuestas originales y dejó en términos “preferentes” obligaciones que inicialmente pretendían ser obligatorias para los ayuntamientos.
Con 29 votos a favor y sin abstenciones, la 76 Legislatura avaló modificaciones a los artículos 40, 50, 84 y 86 de la Ley Orgánica Municipal d Michoacán, en un debate donde legisladores reconocieron que las mujeres siguen subrepresentadas en cargos comunitarios y auxiliares de gobierno, especialmente en zonas rurales, indígenas y con altos niveles de marginación.
Uno de los cambios más controvertidos fue el relacionado con la Comisión de la Mujer en los ayuntamientos; la iniciativa, presentada por el diputado del PT, Reyes Galindo, proponía que dicha comisión fuera presidida obligatoriamente por una mujer; no obstante, las comisiones dictaminadoras modificaron la redacción para establecer únicamente que será presidida “preferentemente” por una mujer.
Desde tribuna, el legislador petista criticó el ajuste y sostuvo que la inclusión de ese término mantiene la participación femenina sujeta a criterios políticos y no a garantías legales. “El dictamen decidió agregar una palabra que no me gusta mucho porque me parece que genera todo un contexto y es la palabra preferentemente”, señaló.
Añadió que “cuando la ley redacta y dice preferentemente, las mujeres participarán, preferentemente serán tomadas en cuenta, preferentemente accederán al poder, después siempre y desafortunadamente dependiendo de la voluntad de alguien más”.
Reyes Galindo defendió que la intención original no buscaba privilegios, sino asegurar representación efectiva en un espacio creado específicamente para impulsar políticas públicas de igualdad, prevención de violencia y defensa de los derechos de las mujeres en los municipios.
Las comisiones unidas de Fortalecimiento Municipal y de Igualdad Sustantiva justificaron el cambio bajo el argumento de evitar una posible invasión a la autonomía de los cabildos y para no restringir a las mujeres únicamente a presidir comisiones relacionadas con temas de género.
En el dictamen se señala expresamente que imponer de manera obligatoria esa presidencia podría limitar el derecho de las mujeres a encabezar otras áreas como hacienda, desarrollo urbano, medio ambiente o gobernación, por lo que optaron por mantener un criterio “afirmativo” pero no vinculante.
La reforma también modificó sustancialmente otra de las propuestas impulsadas por los diputados María Itzé Camacho y Juan Carlos Barragán, relacionada con la Red Nacional de Tejedoras de la Patria, estrategia promovida por el gobierno federal de Claudia Sheinbaum.
La iniciativa original pretendía establecer en la ley la obligación de los ayuntamientos de colaborar con esa red comunitaria de mujeres mediante convenios, módulos de atención, procesos formativos y mecanismos de rendición de cuentas en políticas de género.
Sin embargo, el Congreso eliminó cualquier referencia directa al programa federal y dejó únicamente una redacción genérica para que los municipios colaboren con redes comunitarias de mujeres orientadas a la prevención de violencias, reconstrucción del tejido social y empoderamiento territorial femenino.
Las comisiones argumentaron que mantener nombres específicos de programas podría volver obsoleta la ley ante futuros cambios administrativos o políticos.
En la exposición de motivos de esa iniciativa, los promoventes citaron datos de la Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares (ENDIREH 2021), según los cuales el 64.9 por ciento de las mujeres de 15 años o más em Michoacán ha sufrido algún tipo de violencia a lo largo de su vida, mientras que el 42.7 por ciento reportó haberla vivido en los últimos 12 meses.
Además, señalaron que la participación económica femenina en Michoacán apenas alcanza el 36 por ciento, condición que limita la autonomía y las posibilidades de desarrollo de las mujeres.
Otro de los puntos modificados por el Congreso fue la propuesta de la diputada panista Teresita Herrera para establecer mecanismos obligatorios de paridad en jefaturas de tenencia y encargaturas del orden.
La iniciativa original contemplaba que las convocatorias municipales garantizaran paridad horizontal, vertical y transversal, además de obligar a registrar planillas encabezadas exclusivamente por mujeres en determinadas demarcaciones territoriales.
No obstante, el dictamen eliminó esas disposiciones y redujo el contenido a una fórmula más general: que las elecciones de jefas o jefes de tenencia deberán observar el principio de paridad de género y garantizar condiciones de igualdad entre mujeres y hombres.
También se eliminó la referencia expresa a porcentajes específicos de candidaturas femeninas.
Durante la discusión, Teresita Herrera reconoció que las mujeres siguen enfrentando exclusión política en cargos comunitarios pese a los avances legislativos.
“Las estadísticas revelan una baja participación de mujeres en cargos auxiliares de gobierno, especialmente en comunidades donde las prácticas tradicionales, la violencia política y la falta de normativas claras perpetúan la exclusión femenina”, afirmó.
La legisladora sostuvo que las jefaturas de tenencia y encargaturas del orden no son cargos menores, ya que ejercen liderazgo comunitario, resuelven conflictos locales y mantienen contacto directo con las autoridades municipales.
“Aunque se trata de figuras auxiliares de los ayuntamientos, las encargaturas del orden y jefaturas de tenencia ejercen liderazgo, resuelven conflictos comunitarios y tienen contacto directo con las autoridades municipales”, expresó.
En el propio dictamen, las comisiones reconocieron que en municipios como Morelia y Uruapan el número de mujeres que ocupan jefaturas de tenencia y encargaturas del orden sigue siendo significativamente inferior al de los hombres, situación que atribuyeron a prácticas tradicionales, violencia política y ausencia de reglas claras de paridad.
El decreto aprobado ordena a los ayuntamientos un plazo de 90 días naturales, una vez que se publique en el Diario Oficial, para adecuar sus reglamentos internos.




