Ordena Teemich abrir la Jucopo a diputado independiente Bautista Tafolla
MORELIA, Mich., 23 de enero de 2019.- Aplicar la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y supervisar que las instituciones de procuración e impartición de justicia hagan su parte debería ser suficiente para evitar la violencia de género y el feminicidio, afirmó la diputada de Morena Cristina Portillo.
No es necesario ir al extremo de proponer toque de queda como lo hizo la diputada de Morena en Veracruz, Ana Miriam Ferráez, quien ya se disculpó públicamente, además de que no era viable porque el toque de queda implica la suspensión de derechos y sus garantías como lo establece el artículo 29 de la Constitución.
Lo que se tiene es la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, publicada y vigente desde el primero de febrero de 2007, que ha sido reformada constantemente de acuerdo con la realidad social y necesidades del país.
Señaló que dicha ley definió por primera vez los tipos de violencia, psicológica, física, económica, patrimonial y sexual, para dejar claro que la violencia no necesariamente produce lesiones físicas.
Explicó que el objetivo es establecer la coordinación entre la federación, estados y municipios para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres, así como los principios y modalidades para garantizar su acceso a una vida libre de violencia que favorezca su desarrollo y bienestar conforme a los principios de igualdad y de no discriminación,
Esta ley, contiene los principios rectores para el acceso de todas las mujeres a una vida libre de violencia que son: La igualdad jurídica entre la mujer y el hombre; el respeto a la dignidad humana de las mujeres; la no discriminación, y la libertad de las mujeres.
Define conceptos fundamentales como la violencia contra las mujeres, derechos humanos de las mujeres, perspectiva de género, empoderamiento de las mujeres y misoginia. Y define por primera vez los tipos de violencia, psicológica, física, económica, patrimonial y sexual, para dejar claro que la violencia no necesariamente produce lesiones físicas.
La norma, establece en qué ámbitos de la vida están siendo violentadas las mujeres, definiendo violencia por modalidades: violencia familiar, laboral y docente, comunitaria y violencia institucional. Y, define el hostigamiento, el acoso sexual y la violencia feminicida, a partir de la cual se tipifica el feminicidio.
La ley, incluye la Alerta de violencia de género como el conjunto de acciones gubernamentales de emergencia para enfrentar y erradicar la violencia feminicida en un territorio determinado, ya sea ejercida por individuos o por la propia comunidad.
En pocas palabras, no es necesario ir al extremo de proponer toque de queda, que no se justifica legalmente, sino aplicar la ley y supervisar que las instituciones de procuración de justicia y de impartición de justicia que son corresponsables hagan su parte, indicó la legisladora.




