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MORELIA, Mich., 29 de mayo de 2026.- Tras dos legislaturas de retraso, mismas en que ha estado en desacato, al fin el Congreso de Michoacán discutirá este viernes un protocolo que sentará las bases para que el Instituto Electoral de Michoacán (IEM) organice una consulta previa, libre e informada a por lo menos 390 comunidades indígenas, afromexicanas y personas con discapacidad, como parte del proceso para reformar la Ley de Educación del Estado.
La propuesta será sometida a consideración del Pleno como parte del cumplimiento de la sentencia emitida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), que invalidó diversos artículos de la legislación educativa estatal al determinar que fueron aprobados sin consultar a los sectores directamente involucrados.
El documento, elaborado por la Comisión Especial para dar Seguimiento a la Consulta Pública para la Reforma a la Ley de Educación del Estado de Michoacán de Ocampo, establece que el IEM será la autoridad coadyuvante encargada de desarrollar todas las etapas de la consulta y de recabar el consentimiento, opiniones, propuestas y observaciones de los grupos convocados.
La consulta abarcará a los pueblos y comunidades indígenas, afromexicanas y personas con discapacidad, en torno a una nueva propuesta legislativa relacionada con educación indígena, educación inclusiva y educación especial.
De acuerdo con el protocolo, en Michoacán existen al menos 390 pueblos y comunidades indígenas registrados oficialmente en el Catálogo de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas del Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas (INPI), por lo que el proceso tendrá alcance estatal.
El Congreso pretende volver a legislar sobre los artículos 23, 84, 85, 86, 87, 94, 95, 96, 97, 98, 99, 100, 101 y 102 de la Ley de Educación del Estado, disposiciones que fueron invalidadas por la Corte al considerar que se vulneró el derecho a la consulta de los pueblos indígenas y de las personas con discapacidad.
El protocolo precisa que la consulta deberá realizarse bajo criterios de buena fe, pertinencia cultural, acceso a la información, participación efectiva y búsqueda de acuerdos, en concordancia con el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo, la Convención srobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, la Constitución federal y la Constitución de Michoacán.
Asimismo, señala que la consulta no deberá limitarse exclusivamente a los artículos invalidados, sino que podrá abordar cualquier aspecto de la Ley de Educación relacionado directamente con los derechos de los pueblos indígenas, afromexicanos y personas con discapacidad.
Como parte de la ruta legislativa, el Congreso deberá elaborar una nueva iniciativa de reforma educativa, someterla a lectura y turno ante el Pleno y posteriormente solicitar formalmente al IEM la realización de la consulta.
El protocolo también contempla la celebración de convenios con el propio Instituto Electoral de Michoacán, el Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas y, en la medida de lo posible, con representantes de comunidades indígenas.
Además, prevé que el Congreso solicite una ampliación presupuestal para el IEM, al considerar que la consulta requerirá recursos humanos, materiales y financieros adicionales para su organización y desarrollo.
El proceso se dividirá en tres etapas.
La primera será la fase preconsultiva, en la que se elaborarán la iniciativa de reforma y los instrumentos normativos necesarios; la segunda corresponderá a la consulta organizada por el IEM; y la tercera consistirá en la incorporación de los resultados al dictamen legislativo que eventualmente será discutido y votado por el Congreso.Una vez concluido el procedimiento, el Legislativo deberá remitir un informe final a la Suprema Corte para acreditar el cumplimiento de la sentencia que ordenó reponer el proceso legislativo en materia de educación indígena e inclusiva.




