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MORELIA, Mich., 18 de diciembre de 2025.- El Tribunal Electoral del Estado de Michoacán (Teemich) acreditó la existencia de violencia política genérica en contra de la síndica del Ayuntamiento de Indaparapeo, aunque descartó que los hechos configuraran violencia política contra las mujeres en razón de género (VPMG), al no advertirse estereotipos, prejuicios o motivaciones vinculadas al hecho de ser mujer.
En sesión pública, el Pleno resolvió el procedimiento especial sancionador PEMPES-VPMG-9/2025, promovido por la funcionaria municipal en contra del presidente municipal y otros integrantes del ayuntamiento, a quienes señaló por conductas que afectaron el ejercicio de su cargo.
Al analizar el caso, el Tribunal concluyó que, si bien no se acreditó que las acciones denunciadas tuvieran una motivación de género, sí se configuró violencia política genérica, al demostrarse una afectación directa a las condiciones materiales y económicas para el desempeño del cargo de la síndica.
Entre los hechos acreditados, se señaló la reducción de sus percepciones, lo que impactó en su estabilidad económica, así como la imposición de cubrir con recursos propios el costo de copias certificadas indispensables para el ejercicio de sus funciones, exigencia que fue calificada como irrazonable y no prevista normativamente.
El Pleno determinó que estas conductas limitaron el acceso de la síndica a información necesaria para la toma de decisiones, la fiscalización y la representación política, además de menoscabar su dignidad institucional y debilitar su imagen frente a la ciudadanía.
Como parte de la resolución, el Teemich declaró inexistente la violencia política contra las mujeres en razón de género y revocó las medidas de protección dictadas previamente por el Instituto Electoral de Michoacán, además de descartar la responsabilidad por culpa in vigilando de los partidos Acción Nacional y Revolucionario Institucional.
No obstante, ordenó dar vista con copia certificada de la sentencia al Congreso del Estado de Michoacán para que, en el ámbito de sus atribuciones, imponga las sanciones correspondientes a diversos funcionarios municipales involucrados, así como al Cabildo del Ayuntamiento de Indaparapeo respecto de otros servidores públicos señalados.
Asimismo, se decretaron medidas de reparación integral y se vinculó a la Coordinación de Género y Derechos Humanos del Tribunal Electoral para su cumplimiento, además de instruir a los denunciados a acatar dichas medidas.
Finalmente, el Teemich ordenó remitir copia certificada de la sentencia a la Sala Regional Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, correspondiente a la Quinta Circunscripción Plurinominal, para los efectos legales conducentes.




