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MORELIA, Mich., 30 de mayo de 2019.- El pasado jueves 23 de Mayo de esta anualidad, el Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Michoacán, presidido por el Magistrado Omero Valdovinos Mercado, aprobó el Reglamento Interior de dicho órgano, publicado en el Periódico Oficial del Estado el miércoles 29 de Mayo del presente año.
De acuerdo con un comunicado, el reglamento anterior fue expedido en 2007, por tal motivo, no contaba con actualizaciones ni se ajustaba a las necesidades del Tribunal; por lo que en un esfuerzo conjunto de la y los Magistrados que integran el Pleno, y a más de 11 años del reglamento abrogado, se expidió un nuevo reglamento para dar cabida a las reformas en materia electoral.
En dicho reglamento destacan, entre otras cosas, el implementar en el propio Tribunal, una Dirección de Medios Alternos de Solución de Controversias y Justicia Restaurativa, siendo el primer órgano electoral que cuenta con la posibilidad de contar en sus instalaciones con este tipo justicia novedosa en el ámbito electoral, para lograr, sin necesidad de una sentencia, la reconstrucción del tejido social y alcanzar una justicia de paz.
De igual modo, se incluyó la justicia restaurativa, para llevar a cabo procesos de esa naturaleza, para cuando alguna persona sea violentada en sus derechos político-electorales, no sea revictimizada con el tratamiento subsecuente.
Estos esfuerzos derivan del contenido del artículo 17 de la Constitución Federal y de la reforma en materia electoral a la Carta Fundamental Mexicana, así como de la Ley General de Partidos Políticos.
Con este esfuerzo, el Tribunal Electoral del Estado de Michoacán, se sitúa a la vanguardia en justicia electoral en la República Mexicana, pues debe decirse que las Salas Regionales del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación ya han dictado algunas sentencias en las cuales se ordena facilitar en mediación e incluir procesos de justicia restaurativa, teniendo los actores políticos o los órganos electorales la necesidad de acudir a órganos no especializados en materia electoral, para cumplir con tales determinaciones, ante la casi total ausencia de instituciones electorales en esta materia.