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MORELIA, Mich., 30 de abril de 2020.- El magistrado, Armando Pérez Gálvez, volverá a la tercera sala penal del Supremo Tribunal de Justicia del Estado (STJE), el próximo ocho de mayo, al concluir el periodo de cinco años para el que fue designado por sus pares como consejero del Poder Judicial.
El presidente del STJE y del Consejo del Poder Judicial, Héctor Octavio Morales señaló que el magistrado volverá a su sala de origen, aunque el Congreso del Estado no haya emitido su resolución para ratificarlo como magistrado por un tercer periodo de cinco años, contados a partir del ocho de mayo de 2019.
El Poder Judicial del estado inició una Controversia Constitucional contra del Poder Legislativo por el decreto mediante el que se decidió que los cinco años que Pérez Gálvez sería consejero no se computaran a la suma de los 15 años que puede ser magistrado, como se establece en la Constitución.
Morales recordó que en un principio la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), a través de la Primera Sala, concedido la suspensión, lo que significaba que al concluir el periodo en el cargo de consejero, que no está sujeto a ninguno prórroga, y que va a concluir el siete de mayo, no podría ser reinstalado como magistrado.
Esa resolución fue recurrida por el Congreso del Estado y no procedió la suspensión, por lo tanto, una vez concluido su encargo en el Consejo del Poder Judicial deberá volver a su sala de origen, indicó el magistrado presidente.
“Después se concedió lo fundado de la Controversia Constitucional, lo que significa que el Congreso del Estado, en cumplimiento de esa resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación tendrá que llevar a cabo el procedimiento de evaluación para que determine lo conducente.
“A nosotros se nos notificó por conducto de la persona autorizada para ese efecto y nosotros ya realmente concluimos la función en ese asunto porque se concluyó que deberá ser computado para el termino constitucional como magistrado, el periodo que estuvo como consejero”.
Explicó en entrevista telefónica que normalmente ese tipo de resoluciones implican que se retrotraen las cosas al momento en que se encontraban al pronunciarse la resolución, lo quiere decir que se regresa a mayo del año pasado y el Congreso tendrá que emitir una nueva resolución con la que lo ratifique por otros cinco años, a partir del ocho de mayo de 2019.