Cierra INE Michoacán con 468 solicitudes para observadores electorales
MORELIA, Mich., 21 de septiembre de 2023.- El síndico Manuel Esquivel Bejarano, la tesorera Ángeles Berenice Olea Escobar y el oficial mayor Ulises Emir Barajas Zaragoza, todos del ayuntamiento de Lázaro Cárdenas, ejercieron violencia política contra la regidora de Morena, Carmen Verónica Vázquez Cuevas.
En sesión pública, celebrada este jueves, el Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Michoacán (TEEM) dio trámite a los expedientes TEEM-JDC-029/2023 y TEEM-JDC-035/2023, en que se acreditó la existencia de violación del derecho al ejercicio del cargo.
La regidora Vázquez Cuevas denunció ante el órgano jurisdiccional que de manera arbitraria fueron despedidas personas que tenía asignadas a su oficina para apoyarla en el desempeño de las funciones inherentes al cargo.
En este punto el TEEM halló injustificados los despidos y un trato diferenciado respecto al resto de regidores, pues se puso a Vázquez Cuevas en una situación de desigualdad respecto de sus pares, lo que generó desigualdad en el ejercicio del cargo.
El TEEM ordenó a los responsables a asignar a la regidora personal suficiente para el desempeño de sus funciones, equiparable el número de personas asignadas que tenía hasta antes de la presentación de la demanda, esto es, cinco personas auxiliares, número de personal de apoyo que es coincidente con algunas de las regidurías que integran el ayuntamiento.
Aunque la regidora también denunció violencia política de género, la magistrada ponente, Yolanda Camacho Ochoa, propuso que no se configura, porque no se hallaron elementos para acreditar que los agravios fueron ocasionados por el hecho de ser mujer. En el proyecto la respaldó con su voto la magistrada presidenta Alma Rosa Bahena Villalobos.
Por su parte, la magistrada Yurisha Andrade Morales y el magistrado Salvador Alejandro Pérez Contreras, votaron contra la negativa a acreditar la violencia política en razón de género, al considerar que el asunto debió remitirse al Instituto Electoral de Michoacán, facultado para implementar un Proceso Especial Sancionador en términos de la ley.
La magistrada Yolanda Camacho defendió que la demanda no se escindió porque el despido del personal de la regidora está estrechamente ligado con lo denunciado como violencia política en razón de género. Precisó que decidió analizar el caso de manera integral, en apego al criterio de juzgar con perspectiva de género y principio propersona.
“Desde mi perspectiva, escindir la demanda y por lo tanto los hechos de impugnación, nos llevaría a limitar el estudio que nos conduciría a una resolución integral, sobre la controversia. Este criterio es acorde al de la Sala Regional Toluca del TEPJF, en el juicio ciudadano ST-JDC-212/2020”, expuso.
Ante el empate, la magistrada presidenta Bahena Villalobos hizo uso de su voto de calidad, por lo que, con votación calificada, el TEEM declaró que fue vulnerado el derecho político electoral de la regidora Vázquez Cuevas, de ser votada en la vertiente del ejercicio del cargo, derivado de las violaciones en que incurrieron el síndico, la tesorera y el oficial mayor.