Ignorante, Toño Ixtláhuac: repudia Consejo Indígena de Crescencio Morales
MORELIA, Mich., 7 de julio de 2023.- La magistrada presidenta del Tribunal Electoral de Michoacán (TEEM), Alma Rosa Bahena Villalobos, consideró que sería inconstitucional, discriminatorio y excesivo imponer exámenes de control y confianza a personal de áreas directivas del órgano jurisdiccional.
Este jueves, diputados de Morena en el Congreso de Michoacán presentaron una iniciativa de reforma al Código Electoral de Michoacán, para que los titulares de áreas de dirección de contraloría, fiscalización y jurídica, tanto del TEEM como personal del Instituto Electoral de Michoacán (IEM), tengan como condición haber aprobado exámenes de control y confianza, para acceder al cargo o mantenerse en él.
En entrevista con Quadratín, la magistrada Bahena Villalobos se dijo respetuosa de las facultades del Congreso de Michoacán, pero, a pregunta expresa, argumentó por qué desde su punto de vista no sería conveniente la aplicación de estos exámenes.
“El TEEM es respetuoso de la autonomía, soberanía y atribuciones del Congreso de Michoacán, y por supuesto, en el supuesto de que estas reformas fueran aprobadas, el Tribunal acataría puntualmente, sin embargo, considero que estos exámenes serían inconstitucionales, excesivos y discriminatorios, pues violentarían derechos laborales y la autonomía del Tribunal”, expresó.
Comentó que, con fundamento en la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, los exámenes de control y confianza son evaluaciones que utilizan corporaciones policiales, militares y fiscalías, en busca del personal idóneo para un puesto o cargo, previo y durante el desempeño de sus funciones o para la permanencia.
Detalló que estos exámenes implican pruebas toxicológicas, psicológicas, socioeconómicas y poligráficas, para detectar si la persona utiliza algún tipo de drogas, cómo reaccionaría ante situaciones de estrés, si es apta para portar un arma y si es propensa a incurrir en actos de enriquecimiento ilícito, si se ha relacionado con grupos de la delincuencia organizada, si ha disparado un arma, si ha matado a alguien o si ha sido sobornados.
Comparó que en el caso del TEEM, en términos de la Ley General de Instituciones de Procedimientos Electorales, en tanto órgano autónomo y colegiado, las magistraturas son designadas mediante concurso público en el que se debe de acreditar que se cuenta con una licenciatura en derecho, con 10 años de antigüedad.
Además, destacó que, por la naturaleza de sus funciones, ni magistraturas ni personal del TEEM desempeñan labores de investigación de delitos ni realizan actividades que impliquen portar armas de fuego.
A decir de la magistrada Bahena Villalobos, al personal del TEEM que se le pretendiera exigir mayores requisitos que para las magistraturas, sería excesivo, desproporcionado y, por tanto, discriminatorio e inconstitucional, pues existen criterios a nivel federal y estatal que no permiten la desproporcionalidad de los requisitos entre rangos superiores e inferiores.
“Resulta importante mencionar que, sí existen requisitos mínimos de contratación los cuales deben ser idóneos, esto es indispensables y relacionados con la función y cargo a desempeñar, por ejemplo, licenciatura en derecho, generalmente”.
Agregó que el pasado 8 de mayo se firmó un convenio con la Escuela Judicial Electoral del TEPJF, mediante el cual se sientan las bases para conformar el Servicio Civil de Carrera Judicial Electoral en TEEM, lo que permitirá obtener evaluaciones objetivas de parte de una instancia externa, que garantice la permanente calidad y eficiencia en el servicio público.