MORELIA, Mich., 27 de mayo de 2022.- Luego de transitar al autogobierno y administración directa del presupuesto, ciudadanos de Jarácuaro, municipio de Erongarícuaro, impulsan la reglamentación del retorno al sistema de partidos y la administración municipal que, en esencia, sería el mismo procedimiento para llegar al autogobierno.

En una iniciativa de ley que presentaron al Congreso del Estado para reformar el artículo 118 de la Ley Orgánica Municipal, señalan que la autodeterminación de los pueblos indígenas se ha utilizado solo para autodeterminarse y regirse bajo la forma de Gobierno interno que más les convenga, cuando también puede ser en sentido contrario, por así convenir a la comunidad.

En su exposición de motivos, consideran que esto debe ser así, ya que el autogobierno y ejercicio directo de los recursos públicos estriba en la prestación de los servicios públicos municipales, los cuales también constituyen derechos humanos como lo es el derecho al agua, a la seguridad, a la ciudad, entre otros.

“Por tanto, no sería dable ni correcto que una minoría que no acredite ser oriunda de la comunidad ni represente a la mayoría en la demarcación decida sobre la prestación de servicios públicos municipales que constituyen derechos humanos a una totalidad de comunidad”, indican en su propuesta.

Por eso, su propuesta de que aquellas comunidades que deseen transitar del sistema de autogobierno y presupuesto directo al sistema de partido de administración municipal de los recursos, deberán hacerlo legalmente.

Una forma que proponen es por asamblea comunal, en la que la comunidad deberá manifestar su deseo de regresar al sistema de partidos y administración municipal de los recursos y a la que deberán concurrir debidamente identificados.

El acta que se levante de la asamblea comunal deberá presentarse ante el Instituto Electoral de Michoacán (IEM) y el ayuntamiento respectivo para su conocimiento. De ser el caso, el IEM deberá validar la consulta previa, libre e informado en sesión del consejo general.

El IEM, en conjunto con el ayuntamiento, realizará en un plazo de 15 días hábiles una consulta a la comunidad donde se especifique si es deseo regresar al sistema de partidos de administración municipal de los recursos.

Una vez validado lo anterior, el IEM notificará al ayuntamiento y a la Secretaría de Finanzas y Administración del Gobierno del Estado el sentido del mandato de la comunidad para los efectos de hacer los trámites administrativos correspondientes para regresar al sistema de partidos y administración municipal de los recursos.

El mandato tendrá una temporalidad de al menos el ejercicio fiscal correspondiente, pudiendo proceder en el siguiente ejercicio fiscal.