Juez federal resuelve a favor de comunidad en Santa Clara del Cobre
MORELIA, Mich., 17 de junio de 2016.- El Secretario de la Comisión de Hacienda y Crédito Público de la Cámara de Diputados, Fidel Calderón Torreblanca, lamentó que el PRI y sus aliados del Partido Verde, Nueva Alianza y Encuentro Social, hayan frenado el espíritu de las reformas constitucionales del Sistema Nacional Anticorrupción.
Señala un comunicado que el legislador aseveró que la reforma aprobada queda corta y al libre arbitrio de la decisión de los funcionarios por publicar o no sus declaraciones patrimoniales pero más aún, se extralimitaron –desde el Senado-.
Fue un exceso que soliciten que las personas que sean empleados o reciban recursos o beneficios de contratistas gubernamentales tengan que presentar declaración.
Por otra parte lamentó que se haya frenado la propuesta del Grupo Parlamentario del PRD que proponía incorporar como segundo párrafo del artículo 29 la obligatoriedad para que “toda inscripción ante el sistema de evolución patrimonial y de declaraciones de intereses y fiscal tendrá el carácter de pública y no podrá ser reservado su acceso”, dicho de otra forma, se buscaba la mayor publicidad.
La Ley General de Responsabilidades Administrativas, conocida también como “Ley 3 de 3”, prácticamente deja las cosas en el estado en que se encuentran, limitando la posibilidad de que el ciudadano conozca sobre bienes e intereses de los funcionarios públicos.
Calderón Torreblanca, lamentó que las leyes secundarias que derivan de la promulgación de las reformas constitucionales que dan paso a la creación del Sistema Nacional Anticorrupción, hayan quedado acotadas y limitadas por aquellos que se han beneficiado de la corrupción política.
Finalmente remarcó que si bien es cierto se tienen algunos avances los vicios de origen restan eficacia al Sistema Nacional Anticorrupción.
CONTEXTO:
Artículo 32. Están obligados a presentar bajo protesta de decir verdad, su declaración de situación patrimonial y de intereses ante las Secretarías u órganos Internos de control de conformidad con lo previsto en la presente Ley:
a) Los servidores públicos
b) Cualquier persona física o moral que reciba y ejerza recursos públicos o contrate bajo cualquier modalidad con Entes públicos de la Federación, de las Entidades Federativas y los municipios;
c) Las personas físicas que presten sus servicios o reciban recursos de las personas morales que se refiere la fracción anterior
Asimismo, deberán presentar su declaración fiscal anual, en los términos que disponga la legislación de la materia.