Cristaliza ASM sistema fiscalizador de vanguardia
MORELIA, Mich., 28 de junio 2018.- El Tribunal Electoral de Michoacán (TEEM) prevé que tras la elección del 1 de julio el altero de impugnaciones de partidos y candidatos inconformes alcance al menos 90 asuntos, por lo que, si bien subrayó que es un derecho y que para eso está instituido ese órgano, llamó a contendientes a aceptar los resultados cuando tengan claro que no les favoreció la votación.
En entrevista, el magistrado presidente del TEEM, Ignacio Hurtado Gómez, comentó que la elección del próximo domingo será compleja no solo por la incertidumbre que han generado episodios indeseables de inseguridad, y que en Michoacán cobró la vida de una precandidata y tres candidatos, sino de condiciones propias de la norma, como la reelección y la paridad.
Hurtado Gómez dejó claro que el TEEM tiene como principal facultad atender cualquier recurso que se presente derivado de posibles violaciones a la norma y con base en el análisis de cada caso llevar a cabo la aplicación de los distintos marcos normativos para emitir una resolución que garantice certeza a los involucrados y a la población.
Sin embargo, consideró que es importante que antes de iniciar algún recurso de inconformidad los contendientes realicen una valoración acerca de las condiciones en que se desarrolló la campaña electoral y las fases que antecedieron a la elección, a efecto de valorar si ésta se llevó a cabo en equidad o no, y a partir de allí identificar argumentos para cuestionar el resultado.
Y es que, a pregunta expresa recordó que con base en el histórico de las elecciones en la entidad, de cada diez juicios de inconformidad que se presentan posteriores a la jornada electoral, apenas uno o dos llegan a ser procedentes en el sentido de modificar el resultado, mientras que las otras no repercuten cambian el resultado expresado en las urnas.
El también catedrático universitario, especialista en derecho electoral, reiteró que no está en sus atribuciones pronunciarse por casos como el de Aguililla y Múgica, conde mediáticamente se presume la intervención de poderes fácticos para incidir en la elección, por lo que, hasta en tanto no se presenten argumentos jurídicos, el TEEM no tendría materia para intervenir.