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MORELIA, Mich., 21 de abril de 2019.- El próximo proceso electoral en Michoacán empezará formalmente en septiembre de 2020, previsiblemente, por lo que autoridades ya trabajan en la revisión de aspectos de la ley local y federal que deberían ser reformados y que deberán quedar establecidos a más tardar en mayo del próximo año.
En entrevista, el presidente del Consejo General del Instituto Electoral de Michoacán, Ramón Hernández Reyes, comentó que entre los aspectos de necesaria revisión destacan la regulación del tema indígena.
Apuntó que si bien actualmente se cuenta con un reglamento de usos y costumbres, es necesario que sus disposiciones queden establecidas en la propia ley, a fin de dar certeza a los ciudadanos en cuanto a la ruta e implicaciones de la autonomía de gobiernos en los pueblos originarios.
“Estamos calculando iniciar el proceso electoral en septiembre de 2020, porque antes de esa fecha 90 días antes tiene que quedar definida la reforma que se vaya a realizar; y no es algo sencillo, porque habrá que analizar las competencias que por legislación federal nos corresponden, y cuáles al Congreso de Michoacán”, expuso.
Señaló también la necesidad de que existan reformas para la organización de los debates de candidatos en los que quede delimitada la prohibición de que no se lleve a cabo este ejercicio faltando determinados días para la jornada electoral, y que se especifique que eso sea solamente para los órganos encargados de llevar a cabo una elección, y no por periodistas.
“Yo partiría de temas de carácter procedimental y sustantivo para el desarrollo del proceso electoral. Hay que recordar que ya se han hecho modificaciones a la ley después de la elección 2014-2015, pero derivado de la experiencia de la elección 2017-2018 pasada se toman algunas que no entraron vía reforma”, expuso.
Mencionó que a diferencia de lo que ocurre en otros estados, en que las opiniones del órgano electoral local son consideradas para efectos de ley, en el caso de Michoacán las propuestas que realiza el IEM quedan en eso, y no tienen un carácter vinculante, por lo que no se obliga al Congreso del estado a realizar las reformas.