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MORELIA, Mich., 6 de marzo de 2019.- El Tribunal Electoral del Estado de Michoacán (TEEM) concluyó que la impugnación presentada por militantes perredistas contra la designación de Antonio Soto como líder estatal de ese partido, fue infundada, con lo que se ratificó el proceso de selección llevado a cabo por el Consejo Estatal en 2018, luego del desistimiento de los quejosos.
De acuerdo al proyecto de sentencia del juicio ciudadano 204 del año pasado, promovido por diversos militantes del Partido de la Revolución Democrática, a fin de controvertir la Resolución QO/MICH/334/2018 de la Comisión Nacional Jurisdiccional de dicho instituto político, el TEEM declaró infundada la queja contra órgano en la que los entonces quejosos adujeron la presunta comisión de actos irregulares al realizar la designación de Presidente Interino del Comité Ejecutivo Estatal del citado partido.
“En el proyecto se propone tener por no presentada la demanda, al haberse actualizado la causal de sobreseimiento prevista en el artículo 12, fracción I, de la Ley de Justicia en Materia Electoral, consistente en que los promoventes se desistieron expresamente por escrito”, cita el documento en poder de Quadratín.
EL Tribunal Electoral del Estado de Michoacán informó que se les requirió a los a demandantes a efecto de que ratificaran sus respectivos escritos de desistimiento.
En ese tenor, los ciudadanos Hidilberto Pineda Pineda, Geovanni Daniel Cervantes García, Martha Fabiola Contreras Negrete, Luis Tolentino Elizondo y Ana Lilia Manzo Martínez, comparecieron ante la ponencia instructora a ratificar su escrito de desistimiento, mientras que, respecto del ciudadano Mauricio Prieto Gómez, al no haber comparecido en el plazo otorgado, se hizo efectivo el apercibimiento que le fuera decretado con fundamento en el artículo 55, fracción II, del Reglamento Interior de este Tribunal, y se le tuvo por ratificado dicho desistimiento.
“De ahí que, al haberse actualizado la causal de sobreseimiento precisada, se proponga tener por no presentada la demanda que dio origen al presente juicio”, concluyó el TEEM.