Se compromete Mónica Valdez a ejercer recursos públicos sin corrupción
MORELIA, Mich., 14 de marzo de 2022.- El gesto humano que la jueza Sonia Hernández tuvo con una niña al resolver a su favor el juicio de amparo 364/2020, al escribirle una carta explicándole su sentencia, no debe ser una excepción sino parte de la norma, afirmó la diputada Adriana Hernández.
Por ello propone una reforma al artículo 574 del Código de Procedimientos Civiles del estado, a fin de agregar un segundo párrafo en el cual se establezca que, en el caso de que una de las partes sea un menor de edad o se encuentren involucrados los derechos de éste, los juzgadores deberán comunicarle el sentido de la sentencia de forma que pueda comprender su sentido y alcances, valiéndose para ello de un formato de lectura accesible y desprovisto de tecnicismos.
Recordó la legisladora que la juzgadora, lejos de conformarse con una resolución a través de la cual se ordenara al Instituto Mexicano del Seguro Social la entrega a medicinas a favor de una niña urgida de tratamiento médico le comunicó a ésta el sentido de su sentencia por medio de carta que, por sus rasgos conmovedores, llamó la atención de la opinión pública.
“Al darme cuenta de que tu papá tiene razón al decir que las autoridades del Instituto Mexicano del Seguro Social, han puesto en riesgo tu salud, dicté una sentencia en la que se les ordena, que vigilen en la farmacia del hospital al que acudes, se tengan las medicinas que necesitas y que le den todas las facilidades para que puedas seguir con tu tratamiento. Finalmente, debes saber que estaré al pendiente de que las autoridades cumplan con lo ordenado en la sentencia dictada en tu favor. Me despido dejándote un caluroso saludo”, le escribió la jueza a la niña.
Resulta difícil creer que la jueza al momento de redactar su carta haya imaginado el impacto que ésta tuvo, pero lo cierto es que el espíritu de esta, en tanto un acto de profundo humanismo, debe ser recogido por quienes participan en el diseño de las normas de carácter general y por eso propone que la excepción sea una regla.
Esto resultaría de utilidad sobre todo en aquellos casos en que los intereses de los niños entren en conflicto con los de adultos, incluidos los de los padres, tema éste último respecto del cual se pronunció la Suprema Corte de Justicia de la Nación, al resolver que los órganos jurisdiccionales están obligados a analizar los derechos de los menores de manera separada y diferenciada respecto de los de sus progenitores, máxime cuando éstos entran en conflicto.
La aprobación de tal iniciativa podría tener implicaciones en otras normas procesales, toda vez que el código adjetivo estatal resulta de aplicación supletoria en tratándose de protección de datos personales, justicia administrativa y adopción, por lo que tal norma no se agotaría en sí misma, sino que se proyectaría hacia otras materias, indicó la diputada Hernández.