Promete Alfonso construir un mercado gastronómico en el centro de Morelia
MORELIA, Mich., 27 de junio de 2023.- El gobernador Alfredo Ramírez Bedolla nuevamente devolvió al Congreso del Estado una minuta de decreto, la 395, con la que se pretendía aterrizar la reforma Constitucional federal que impide a los deudores alimentarios el acceso al servicio público.
El Ejecutivo hace una serie de observaciones al decreto, “con el fin de que no se vulneren disposiciones de orden legal, otorgando certeza jurídica a la sociedad michoacana, así como evitar una afectación en los derechos humanos de la ciudadanía y las finanzas públicas del estado”.
Se señala en el documento que con una reforma al artículo 13 de la Ley de la Administración Pública no se apega al espíritu de la reforma, porque la restringe a los nombramientos que se hacen en el Gobierno de Michoacán, cuando en la Constitución Política del estado también se considera servidores públicos a los representantes de elección popular, a los funcionarios, empleados y en general, a toda persona que desempeñe un empleo, cargo o comisión de cualquier índole en los Poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial.
Observa también el artículo transitorio Segundo, ya que hace señalamientos inconstitucionales, ilegales e inoperantes, porque impone una carga a los servidores públicos titulares de las dependencias y no al resto de la administración pública, además de resultar ilegal, pues no hay obligación para los funcionarios que ya rindieron protesta y aplica solo a quienes aspiran a un cargo.
Dicho artículo establece que “los servidores públicos deberán presentar a la Secretaría Contraloría el documento idóneo para acreditar que no son deudores alimentarios morosos, en un plazo improrrogable de sesenta días”; lo cual no sólo es una incongruencia material, sino que se aleja de la realidad, toda vez que le establece atribuciones a la Secretaría de Contraloría para recibir los documentos idóneos.
Además, las reformas la Ley General de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes establecen que el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias otorga 360 días al DIF Nacional para la Implementación del Registro, lo cual tampoco ocurre todavía, ya que se publicaron el pasado 5 de mayo y todavía no forma de obtener un documento idóneo para mostrar que no se es deudor alimentario.
En este mismo transitorio se indica que la Contraloría deberá iniciar un procedimiento de responsabilidades a quienes sean deudores alimentarios, lo cual no es posible porque el supuesto no existe en la Ley Responsabilidades Administrativas.