ESTADO DE MÉXICO, 11 de agosto de 2016.- Dada su urgencia, la Sala Regional Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación sesionó por la noche un juicio de revisión constitucional electoral recibido en las primeras horas de la madrugada de este jueves.

De acuerdo con un comunicado, se trata de la demanda presentada por el presidente municipal del Ayuntamiento de Maravatío, Michoacán, para controvertir la sentencia emitida el pasado 9 de agosto por el Tribunal Electoral de la referida entidad federativa, mediante la cual se le ordenó a él y al resto de los integrantes del cabildo, le permitieran el uso de la voz a una de sus integrantes durante la sesión solemne en que habrá de rendirse el informe anual de labores a realizarse el día de mañana, viernes doce de agosto.

La demanda, sin embargo, fue desechada de plano, en razón de que la parte que acudió ante esta autoridad jurisdiccional federal a controvertir la sentencia por supuestos vicios, carece de legitimación para reclamar la determinación adoptada, ya que ésta actuó como autoridad demandada en la instancia previa. Esto es, en la resolución de la Sala Regional se razona que no existe supuesto normativo que faculte a las autoridades, en el orden federal, estatal o municipal, a acudir a la jurisdicción de este Tribunal Electoral, cuando han formado parte de una relación jurídico procesal como autoridad responsable, lo que en términos legales significa que se carece de legitimación activa para promover.

Así, ante la improcedencia del juicio de revisión constitucional electoral, la sentencia dictada por el Tribunal Electoral del Estado de Michoacán tiene el carácter de definitiva, por lo que deberá ser cumplida.