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MORELIA, Mich., 13 de abril de 2022.- Desde 1996, el Congreso del Estado ha soslayado su facultad para resolver los conflictos territoriales que se suscitan en los municipios del estado, afirmó la presidente de la Comisión de Fortalecimiento Municipal y Límites Territoriales del Congreso del Estado, Gloria Tapia Reyes, al presentar una propuesta de Ley para resolver estos diferendos.
El desacuerdo entre Tarímbaro y Morelia llegó en 1996 hasta la Suprema Corte de Justicia de la Nación que, desde entonces, resolvió que los límites territoriales entre estos dos municipios debían ser fijados por el Congreso del Estado, que en primera instancia no lo hizo o no quiso hacerlo.
Sin embargo, no se había establecido la facultad constitucional del Congreso para resolver las cuestiones de competencia jurisdiccional por límites intermunicipales, y solo se tenía considerada en el artículo sexto de la Ley Orgánica Municipal vigente en aquel momento.
Fue hasta enero de 2020 cuando se publicó en el Periódico Oficial una adición al artículo 44 de la Constitución Política del estado, en la que se faculta al Legislativo para resolver los conflictos por límites territoriales entre los municipios, pero desde esa fecha no se ha expedido la ley que establezca el procedimiento a través del cual se llevará a cabo el procedimiento.
Es por ello que para elaborar su propuesta, la diputada hizo un estudio comparativo de los ordenamientos de los congresos de Chihuahua, Tabasco, Nuevo León, Morelos, Aguascalientes, San Luis Potosí, Jalisco, Tamaulipas, Oaxaca, Durango, Estado de México, Puebla, Yucatán, Chiapas, Campeche, Querétaro, Baja California, Tlaxcala, Colima, Sonora, Guerrero y Sinaloa, mientras que en Guanajuato es el Judicial el que resuelve y en Quintana Roo, Coahuila, Zacatecas, Nayarit, Baja California Sur e Hidalgo se establece un modelo mixto en el cual se faculta tanto al Poder Judicial como al Congreso para que puedan llevar a cabo el procedimiento.
La propuesta consiste en que sea la Comisión de Fortalecimiento Municipal y Límites Territoriales la encargada de llevar a cabo el procedimiento, el cual podría ser por convenio o conciliación, previo a la vía adversarial que, de llevarse a cabo, tendría plena validez jurídica y fuerza vinculatoria.
La legisladora del Partido Revolucionario Institucional señaló que la inexistencia de una normativa que establezca de manera especial el proceso a seguirse en la elaboración de un dictamen en esta materia, podría generar rezago si se llegara a presentar un caso de controversia entre algunos municipios, además de que cualquier resolución que se emitiera sería poco idónea, eficiencia y carecería de certeza jurídica.