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MORELIA, Mich., 6 de octubre de 2021.- Un total de 722 medios de impugnación presentados ante el Tribunal Electoral del Estado de Michoacán (TEEM), entre el primero de septiembre de 2020 y el 30 de septiembre de 2021, dan cuenta de que, con o sin razón, los actores políticos siguen buscando resquicios en las normas electorales para ignorarlas.
En ese periodo se emitieron 473 sentencias, con las cuales se resolvieron tres asuntos del 2019, 49 asuntos del 2020 y 651 de este 2021, de acuerdo con el informe presentado por la magistrada Yurisha Andrade, al concluir su periodo como presidente del órgano jurisdiccional.
De esos medios de impugnación 79 fueron Recursos de Apelación (RAP) y 19 fueron reencauzados a Juicios para la Protección de los Derechos Político-Electorales del Ciudadano y los 60 restantes se encontraban relacionados con temas como acciones afirmativas, comunidades indígenas, convenio de Coalición, formatos de registro de candidaturas, boletas electorales, registro de candidatos, resoluciones del Instituto Electoral de Michoacán (IEM) y sustitución de candidatos, por mencionar algunos.
Se emitieron 45 sentencias para resolver 62 Recursos de Apelación, dada la acumulación de algunos de ellos, de las cuales cinco correspondían a RAP-2020, tres recibidos durante el periodo objeto de informe, dos que se encontraban pendientes de y 57 correspondientes a RAP-2021.
Se interpusieron 339 Juicios para la Protección de los Derechos Político-Electorales del Ciudadano (JDC), promovidos por diversos actores en contra de los procesos internos de selección de candidatos de partidos políticos, derecho de ser votado en la vertiente del ejercicio del cargo, registro de candidatos, acciones afirmativas, resultados de la elecciones de ayuntamientos, diputaciones por el principio de representación proporcional y resoluciones de organismos partidistas-
De los 339 JDC recibidos, 18 fueron reencauzados a la instancia partidista correspondiente, dos a Recurso de Apelación y uno a Procedimiento Especial Sancionador, al ser la vía idónea, y se registraron un total de 11 Acuerdos de Escisión por Violencia Política por razón de género.
Se emitieron 204 sentencias para resolver 332 JDC, de las cuales, 23 correspondían a juicios ciudadanos que se encontraban en sustanciación al primero de septiembre de 2020 y 306 de JDC recibidos durante el periodo objeto de informe.
Se recibieron un total de 134 Procedimientos Especiales Sancionadores (PES), en contra de conductas como actos anticipados de precampaña y campaña, calumnias, coacción al voto, colocación de propaganda electoral en lugar prohibido, difusión de propaganda gubernamental en periodo de campañas, entrega de apoyos con fines electorales, interés superior de la niñez, promoción personalizada, utilización de símbolos religiosos, violencia política en razón de género, vulneración a la veda electora, así como de los principios de equidad y laicidad. Se emitieron 115 sentencias para resolver un total de 128 PES, dada la acumulación de algunos de ellos.
Se recibieron 168 Juicios de Inconformidad (JIN), promovidos en contra de las determinaciones de las autoridades electorales en relación con la elección de ayuntamientos, diputados por el principio de mayoría relativa y por el principio de representación proporcional, así como, la elección de gobernador y 18 JDC promovidos en contra de los resultados de dichas elecciones, dando un total de 186 medios de impugnación promovidos para controvertir los resultados de las elecciones.
Por el tipo de elección, 56 fueron en contra de la elección de gobernador, 36 de diputaciones de mayoría relativa,10 de diputaciones de representación proporcional y 84 ayuntamientos. Todos se resolvieron a través de la emisión de 92 sentencias, dada la acumulación de alguno de ellos.
El 9 de agosto de 2021, en el Juicio de Inconformidad presentado en contra del cómputo estatal de gobernador identificado con la clave TEEM-JIN-165/2021 mejor conocido como JIN madre, el Tribunal determinó la modificación de los resultados consignados en el acta de cómputo de la entidad federativa, sin embargo, no tuvo como consecuencia un cambio en la candidatura que resultó ganadora en la elección de la gubernatura y procedió a confirmar la expedición y entrega de la constancia de mayoría otorgada por el IEM a favor del ciudadano Alfredo Ramírez Bedolla, postulado por la Coalición “Juntos Haremos Historia en Michoacán”, integrada por los Partidos MORENA y del Trabajo.
En sesión pública de 29 de agosto, por unanimidad de votos, se emitió la Declaratoria de Legalidad y Validez de la Elección de Gobernador y en sesión pública solemne de seis de septiembre, el Pleno hizo entrega de la Constancia relativa a la Declaración de Legalidad y Validez de la Elección de Gobernador del Estado de Michoacán, acto que simbolizó la conclusión del Proceso Electoral Ordinario Local 2020-2021.
Esa determinación fue confirmada por el Pleno de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, quien el 29 de septiembre de 2021, confirmó por unanimidad la Declaratoria de Legalidad y Validez de la Elección de la gubernatura de Michoacán emitida por el Tribunal Electoral del Estado de Michoacán y la expedición de la constancia respectiva.