MORELIA, Mich., 4 de diciembre de 2020.- El expediente que contiene el proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 108 y 11 de la Constitución Política de los Unidos Mexicanos, en materia de fuero, ya se analiza en el Congreso del Estado para emitir dictamen ya sea a favor o en contra.

Esas reformas consisten en establecer que “durante el tiempo de su encargo, el presidente de la República podrá ser imputado y juzgado por traición a la patria, hechos de corrupción, delitos electorales y todos aquellos delitos por los que podría ser enjuiciado cualquier ciudadana o ciudadano”.

Además, se precisa que “para poder proceder penalmente contra el presidente de la República, sólo habrá lugar a acusarlo ante la Cámara de Senadores en los términos del artículo 110”, que a su vez establece que no gozan de fuero constitucional los altos funcionarios de la Federación, por los delitos oficiales, faltas u omisiones en que incurran.

En el dictamen se enuncia que la justificación de dicha iniciativa radicó en que el fuero no debía ser un impedimento para poder sustanciar procesos penales contra todos aquellos servidores públicos que tuvieran ese beneficio.

El decreto ha sido criticado por considerarse que mientras el procedimiento para fincar responsabilidades al Presidente dependa de una mayoría en el Congreso, el procedimiento penal no tendrá posibilidad de llevarse a cabo y porque en un estado de derecho no es necesario el fuero.