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MORELIA, Mich., 25 de noviembre de 2015.- El Tribunal Electoral del Estado de Michoacán (TEEM) resolvió la inexistencia de las violaciones atribuidas a Rodrigo Sánchez Zepeda, candidato a presidente municipal en el municipio de Sahuayo, Michoacán, por el Partido Acción Nacional y Luis Felipe Villaseñor Núñez, presidente del Comité Directivo Municipal de dicha localidad, por actos anticipados de precampaña y campaña y por supuestas expresiones que denigran a las instituciones electorales en el proceso electoral extraordinario en el municipio antes mencionado, dentro del procedimiento especial sancionador interpuesto por el Partido Acción Nacional.
Según un comunicado de prensa, por lo que respecta a la denuncia sobre denigración este órgano colegiado determinó el sobreseimiento, debido a que dicha figura ya no se encuentra prevista en la ley fundamental; en cuanto a actos anticipados de campaña el promovente presentó dos videos supuestamente circulados en las redes sociales, uno en Facebook y el otro en WhatsApp, identificado como “Felipe V. presidente del PAN en Sahuayo” sin embargo, dicha probanza no es suficiente para considerarla como propaganda ilegal, por lo que de acuerdo al análisis del Tribunal se determinó la inexistencia de la violación.
Con respecto al Procedimiento Especial Sancionador promovido el Partido Acción Nacional en contra de Ricardo Sánchez Gálvez en cuanto a candidato a presidente municipal por el Partido Revolucionario Institucional en el municipio de Sahuayo, Michoacán, por actos anticipados de precampaña y campaña, este órgano colegiado determinó la inexistencia de la violación atribuida al mencionado candidato y al instituto político de referencia.
Lo anterior, debido a que la supuesta sobreexposición del ciudadano referido en la red social Facebook no se vincula con otros elementos de promoción, a partir de los cuales se pueda advertir una invitación a posibles receptores del mensaje.