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CIUDAD DE MÉXICO, 29 de abril de 2016.- El senador, Raúl Morón Orozco, señaló que la reforma al Código de Justicia Militar y expedición del Código Militar de Procedimientos Penales, no logra aún el objetivo de garantizar imparcialidad, independencia, ni mucho menos el pleno respeto a los derechos humanos de las partes y personas civiles involucradas en el proceso de investigación.
Según un comunicado, refirió que este dictamen faculta a los juzgados militares para cometer actos tales como el cateo de un domicilio civil, intervenciones de telecomunicaciones privadas y la facultad de citar ante el Ministerio Público o el Juez militar a personas civiles “esta propuesta ha sido empañada por el modo autoritario e ilegítimo con que se ha querido aprobar; además, es necesario discutir a profundidad algunos aspectos particulares, ya que presenta graves problemas en materia de violaciones a los derechos humanos”.
El Legislativo Federal se pronunció a favor de que el sistema de justicia militar se transforme de su forma inquisitiva actual a su plena armonización con la reforma del sistema penal acusatorio. Puntualizó que en un estado de derecho debe prevalecer la transparencia en la impartición de justicia, así como el respeto a los derechos humanos de las partes que intervienen en un procedimiento penal.
“La actualización del Código de Justicia Militar, junto con la expedición del Código Militar de Procedimientos Penales, debe crear las hipótesis jurídicas y los procedimientos necesarios para que jueces y tribunales del fuero de guerra modernicen sus métodos y procedimientos en la impartición de justicia pronta y expedita” expresó.
A partir de las reformas en materia de justicia militar, Raúl Morón, manifestó que el proceso penal deberá ser acusatorio y oral, y regirse por los principios de publicidad, contradicción, concentración, continuidad e inmediación, lo que representaría una oportunidad de igualdad en el trato ante la ley y el respeto de los derechos humanos de las partes en el proceso.
Morón Orozco expuso ante el pleno la falta de debate en la aprobación de dicha reforma “en esta cámara de Senadores estábamos obligados a implementar un proceso legislativo que permitiera un análisis profundo y modificar estos puntos violatorios, contenidos en los artículos 87, 278, 287, 299 –del dictamen y no hacerlo bajo la práctica recurrente de la ausencia de análisis y discusión”