Reclama PRI presidencia de la Jucopo en el Congreso de Michoacán
MORELIA, Mich., 19 de febrero de 2016.- Tipificar las pintas y grafitis como daño a la imagen pública y castigarlo hasta con dos años de prisión, propuso la diputada del Partido Revolucionario Institucional, Eloisa Berber Zermeño.
“Comete el delito contra la imagen pública a quien dolosamente plasme dibujos, consignas, inscripciones, mensajes, figuras o cualquier tipo de signos que afecte o altere la presentación material y visual en bienes muebles e inmuebles públicos y privados que no estén bajo posesión legal de quien lo realiza sin el consentimiento de quien esté facultado para otorgarlo conforme a la ley”, diría el artículo 228 Bis que propuso agregar al Código de Procedimientos Penales.
La diputada por el distrito de Lázaro Cárdenas, considera en su exposición de motivos que uno de los factores que atentan contra la armonía social, es el daño por la afectación o alteración de la presentación material y visual, en bienes inmuebles o muebles, públicos y privados, desde hace años convertido en un problema social.
Esto, agrega, ocasiona y genera gastos innecesarios para mantener presentable el espacio público, definido como el conjunto de inmuebles públicos y los elementos arquitectónicos y naturales, de los inmuebles privados destinados por naturaleza y usos, a la satisfacción de necesidades urbanas colectivas que trascienden los fines de los intereses individuales.
“Nunca podrá esgrimirse el derecho a la libertad de expresión, pues esto no se cuestiona y menos por esta honorable legislatura, pero creemos que esta actividad habrá de practicarse sin perjudicar o afectar el mobiliario público y privado, por lo que resulta esencial la preservación y conservación de los valores intangibles como la imagen pública”.
En su propuesta se refiere a la Convención para la Protección del Patrimonio Mundial, Cultural y Natural, de la que México se adhirió desde el año de 1984 y que obliga a los Estados parte a establecer un sistema eficaz de protección colectiva del patrimonio cultural.
En consecuencia, propone que la afectación o alteración de la imagen pública propiedad de particulares, se le aplique de 3 a 9 meses de prisión, y de 30 a 45 jornadas de trabajo en favor de la comunidad, así como al pago de la reparación del daño.
A quien cometa el delito de daño a la imagen pública propiedad de particulares, se perseguirá a petición de parte y se le impondrá de uno a dos años de prisión, 45 a 60 jornadas de trabajo y al pago de la reparación del daño
Al reincidente se le incrementará en dos tercios la sanción que corresponda.
También se prevé aplicar esta misma sanción a quien incite, promueva, facilite a personas menores de edad los medios necesarios para llevar a cabo el delito contra el Patrimonio e Imagen Urbana.
En caso de que él o los responsables del delito sean menores de edad, quienes ejerzan la patria potestad o quien los tenga bajo su guarda o custodia, serán considerados responsables solidarios para efectos de la reparación del daño.