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MORELIA, Mich., 7 de enero de 2016.-El Tribunal Electoral del Estado en sesión pública en esta fecha resolvió que el Partido Acción Nacional publicite el acta de cómputo de la elección de integrantes del comité estatal de dicho instituto político, dentro del Juicio para la Protección de los Derechos Político Electorales, promovido por el ciudadano Noé Navarrete González, en contra de las previsiones decretadas por el presidente y secretario del Comité Nacional del PAN, así como por la omisión de la falta de publicación de dicha acta de cómputo estatal.
De acuerdo a información de un comunicado, en primer término los magistrados determinaron realizar el estudio de forma directa a efecto de hacer efectivo el derecho de acceso a la justicia consagrado en el artículo 17 constitucional, al no existir un recurso o procedimiento intrapartidario que sea procedente para un militante para impugnar la elección de un comité estatal.
Respecto a la omisión de publicitar los resultados del acta de cómputo final de la elección, de acuerdo al estudio del Tribunal determinó en parte fundado el agravio e infundado en otra; lo infundado es porque de acuerdo al análisis de diversos preceptos reglamentarios no se desprende la obligación de publicar; lo fundado deviene de que la autoridad responsable afirma que los resultados si fueron publicitados en estrados pero sin haberlo acreditado, por lo que se ordenó a la responsable notifique al actor de forma personal la referida acta de cómputo y por estrados a los demás interesados.