Respalda Neto Núñez propuestas de Torres Piña para gobernar Morelia
MORELIA, Mich., 25 de junio de 2014.- La Comisión Federal para la Protección Contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) deberá buscar y, en su caso, entregar algún documento en el que consten los criterios emitidos sobre alimentos sin aporte o contenido nutrimental, resolvió el Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (IFAI).
De acuerdo con un comunicado de prensa, un particular solicitó los criterios de la Cofepris para valorar la identificada como “comida chatarra”; así como los resultados de los decomisos de medicamentos o productos que ha llevado a cabo la entidad, por estar fuera de la ley o no reunir los requisitos médicos exigidos.
En respuesta, la Cofepris señaló que la información relacionada con los criterios para valorar la “comida chatarra”, como refiere el particular, es inexistente; sin embargo, en aras de privilegiar el principio de máxima publicidad, informó que estaba generando criterios nutrimentales para publicidad y etiquetado, los cuales se encontraban en proceso de mejora regulatoria y que, por tanto, se trata de información pública, para lo cual proporcionó el vínculo electrónico correspondiente.
Por lo que hace a los resultados de los decomisos, dio a conocerque en 2013 se aseguraron 173.03 toneladas de medicamento y 14 toneladas de materia prima.
Inconforme con la respuesta a ambos contenidos requeridos, el solicitante presentó un recurso de revisión ante el IFAI, mismo que fue turnado a la Comisionada Presidenta, Ximena Puente de la Mora.
El sujeto obligado al presentar sus alegatos, reiteró la inexistencia de los criterios requeridos y remitió dos vínculos electrónicos en donde es posible consultar dos lineamientos publicados en el Diario Oficial de la Federación,que refieren a aspectos que deberán observar los productores de alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasadas; que contienen criterios y características para la obtención y uso de un distintivo nutrimental; así como los criterios nutrimentales y de publicidad que deberán observar los anunciantes de alimentos y bebidas no alcohólicas en televisión y salas de exhibición cinematográfica.
Dela revisión de ambos instrumentos normativos, la Comisionada ponente observó que la información contenida en éstos no corresponde con la solicitada.
Asimismo, al analizar la normatividad aplicable, advirtió también que la Cofepris no agotó plenamente el procedimiento de búsqueda establecido por la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, toda vez que se identificaron otras unidades administrativas, como la Comisión de Evidencia y Manejo de Riesgos, la Comisión de Fomento Sanitario y la Coordinación General Jurídica y Consultiva, que por sus atribuciones podrían contar con información relacionada con lo pedido, a las cuales no les fue turnado dicho requerimiento.
Por lo que hace a los resultados de los decomisos, la Comisionada Ximena Puente determinó que si bien el particular no especificó que requeriría el documento que sustentara los resultados en comentó, también lo es que ha sido criterio de este Instituto que si la información solicitada tiene una expresión documental, el sujeto obligado deberá entregarla al particular.
Expuso que las dependencias y entidades no están obligadas a generar documentos ad hoc, para responder una solicitud de acceso a la información, pero sí a entregar los documentos fuente de la información requerida.
Por lo antes expuesto, la Comisionada Presidenta propuso al Pleno del IFAI modificar la respuesta de la Cofepris e instruirle a que realice una búsqueda exhaustiva orientada a identificar algún documento que se refiera específicamente a productos sin aporte o contenido nutrimental denominados por el particular como “comida chatarra”, en todas sus unidades administrativas competentes específicamente en las señaladas en la resolución, y en caso de localizar información al respecto, la proporcione al particular, o bien, declare la formal inexistencia.
Respecto de los documentos que sustentan las cifras de las toneladas de medicamento y materia prima aseguradas por la Cofepris, ésta deberá entregar los mismos al solicitante y en caso de dichos documentos contengan información susceptible de clasificación, deberá elaborar las versiones públicas correspondientes.
La resolución presentada por la Comisionada ponente fue aprobada por unanimidad por los integrantes del Pleno del IFAI.