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MORELIA, Mich., 21 de mayo de 2011.- El Partido Acción Nacional a través de su representante ante el consejo general del IEM, Victor Enrique Arreola Villaseñor, así como los representantes del PVEM y Nueva Alianza, presentaron este viernes una queja en contra del PRD por violar el código electoral al publicar de manera anticipada su convocatoria a la militancia perredista para participar en la elección interna de candidatos a la gubernatura, diputaciones y ayuntamientos.De acuerdo a un boletín de prensa de este instituto político, Juan José Tena García, encargado de la Secretaría de Elecciones del blanquiazul, explicó que en algunos medios de comunicación se publicó el 18 de mayo, la convocatoria referida sin tomar en cuenta lo que estipula el código electoral del Estado, en sus artículos 37c y 41 por lo que se solicitó al IEM, iniciar el procedimiento administrativo sancionador electoral en contra del Partido de la Revolución Democrática y quien resulte responsable, por los hechos que se consideran violatorios de la normatividad electoral y declarar la invalidez de la ‘CONVOCATORIA PARA LA ELECCIÓN DE CANDIDATAS Y CANDIDATOS DEL PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA A GOBERNADOR, DIPUTADOS LOCALES POR EL PRINCIPIO DE MAYORÍA RELATIVA Y DE REPRESENTACIÓN PROPORCIONAL, PRESIDENTES MUNICIPALES, SÍNDICOS Y REGIDORES DE LOS H. AYUNTAMIENTOS DEL ESTADO DE MICHOACÁN’ para el proceso electoral ordinario de dos mil once así como de los actos que de ella emanen y, llegado el momento procesal oportuno imponer la sanción correspondiente.“El PRD transgrede los principios de legalidad y equidad que deben regir en todo proceso electoral, ya que los Partidos Políticos debemos observar ciertas limitaciones legales a fin de estar en condiciones de iniciar los procesos internos de selección de candidatos respectivos” precisó el funcionario señalando que los partidos políticos no podrán iniciar antes del arranque del proceso electoral y; una vez superada esta condición aquellos institutos políticos que deseen iniciar dichos procesos electivos internos habrán de observar el mandato por virtud del cual es necesario informar al instituto Electoral con una anterioridad no menor a tres días las modalidades y términos en que éstos habrán de desarrollarse –entre otros -, requisito sine qua non, según nuestro marco legal vigente en la materia, es imposible para los partidos políticos iniciar dichos procesos internos de selección de candidatos.