MORELIA, Mich., 9 de febrero de 2016.- Las comisiones unidas de Derechos Humanos y Justicia del Congreso del Estado ya elaboraron el dictamen mediante el que se reforman diversos artículos del Código Familiar para eliminar la discriminación en el concepto de matrimonio y se mantiene la sociedad de convivencia pero en una concepción más amplia.

De acuerdo con el dictamen, el nuevo artículo 127 define el matrimonio como la unión legítima de dos personas para realizar una comunidad de vida, en la que se procuren respeto, igualdad y ayuda mutua.

El artículo 295 habla de la Sociedad de Convivencia como el acto jurídico que se constituye cuando dos personas físicas mayores de edad con capacidad jurídica plena, establecen un hogar común, con voluntad de permanencia y de ayuda mutua.

Para constituir una Sociedad de Convivencia se debe celebrar ante el Oficial del Registro Civil, que ambos contrayentes sean mayores de edad; expresar su voluntad de unirse en Sociedad de Convivencia y establecer por escrito las condiciones bajo las cuales se regirá su patrimonio.

Se contempla también la figura del concubinato como la unión de dos personas, siempre que sin impedimentos legales para contraer matrimonio, el cual se genera cuando: hayan vivido en común, en forma constante y permanente por un periodo mínimo de dos años o hayan concebido un hijo en común.

El dictamen contempla la derogación de los artículos 128 y 308 y será presentado al pleno luego de la visita del Papa Francisco a Michoacán.