Poder y dinero
En el marco del Coloquio de Actualización Docente en su XXXI edición “La nueva escuela mexicana: retos y prospectiva”, diferentes disertaciones expresaron la complejidad con que se vive y la posibilidad que tiene la educación y los docentes de ser vectores para la transformación y cambios sociales que demanda una sociedad que vive en valores líquidos; pero además en crisis de sus estructuras de medio ambiente, sociales y mentales.
En el Panel Posmodernidad y Crisis Familiar, participaron tres diferentes panelistas: Simón Vaca, Karina Vizcaino y Gerardo Herrera, los cuales abordaron diferentes posicionamientos para dar viabilidad a las respuestas sobre las preguntas relacionadas con: el Estado, la escuela y marcos ideológicos; la participación de la sociedad y la familia; así como el compromiso de los docentes.
Las respuestas fueron construidas desde diferentes aristas y en función de las experiencias y conocimientos de los panelistas; fueron respuestas que abrevan del marco jurídico constitucional y de dimensión universal de los derechos humanos y los compromisos del Estado mexicano frente a la comunidad internacional y en apego a los documentos sustantivos en materia de derechos humanos firmados y ratificados por el Senado de la República y que incluyen la Declaración Universal y Americana de los Derechos Humanos, los dos Pactos Internacionales y desde luego la Convención del Niño de 1989, entre otros cuerpos normativos como la Ley General de los Niños y Niñas y Adolescentes y las particulares de los entidades federativas.
En este sentido se observó la importancia que tienen las instituciones como la Escuela, la Familia y otras, para desde ahí fortalecer el marco ideológico del Estado; que hoy a la luz de las modificaciones constitucional del 2011, en donde todas las normas relativas a los derechos humanos se interpretarán de conformidad con esta Constitución y con los tratados internacionales de la materia favoreciendo en todo tiempo a las personas la protección más amplia.
Pero adicionalmente se requiere que las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. En consecuencia, el Estado deberá prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos, en los términos que establezca la ley.
Y finalmente, promover la prohibición de toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas.
Por otro lado, la disertación sobre familia o familias, constituye un acicate y es fundamental para reconocer la diversidad sexual, cultural y social sobre la cual se legitima dicha riqueza social y hoy reconoce nuestro marco jurídico.
Desafortunadamente no se avanza igualmente entre las modificaciones normativas o legales, y los procesos culturales que tardan tiempo en cambiar, sobre todo cuando por ideologías se trata (machismo, misoginia, clasismo, racismo, xenofobia y otras). Por otro lado, el concepto de familia es cultural y no natural, Ortega y Gasset hace una precisión sobre estos conceptos, así como el libro de La familia, el estado y la propiedad privada, de Federico Engels.
Por otro lado, sobre las cuestiones de la participación más activa de los padres y su compromiso dejamos estas reflexiones a continuación:
Hoy, por hoy, los padres continúan preguntándose cuáles son sus derechos y cuáles son sus obligaciones frente a sus hijos en el proceso de educación; lo hacen en función de las cuestiones que suceden en el día a día en las escuelas; niños que cometen delitos contra sus maestros, maestros contra sus alumnos, violencia entre los alumnos, padres de familia contra los maestros y un conjunto de combinaciones que tensan las relaciones y que generan conflictos permanentes.
La respuesta es simple, la Ley General de Educación, plantea diversos derechos de los padres y madres de familia, entre ellos destaca obtener la inscripción de sus hijos en la educación básica; participar en cualquier problema relacionado con la educación de sus hijos a efecto de alcanzar la solución entre ambos; coadyuvar con las autoridades educativas en la superación de los educandos; formar parte de la asociación de padres de familia y consejos de participación social; conocer la capacidad profesional de la planta docente; conocer la relación oficial de docentes y personal de la escuela; conocer criterios y resultados de las evaluaciones de la escuela; conocer el presupuesto que maneja la escuela; conocer la situación académica y conducta de sus hijas, hijos o pupilos en la vida escolar.
Son obligaciones de los padres o de quien ejerza la patria potestad o la tutela, de conformidad con la Ley General de Educación, las siguientes: que asistan los hijos a la escuela preescolar, primaria, secundaria y media superior; apoyar el proceso educativo de los hijos; coadyuvar con las autoridades educativas en las actividades que realicen; informar a la autoridad de los cambios de conducta que realicen los educandos para que se apliquen los estudios correspondientes para que definan porque el cambio de comportamiento, además; hacer del conocimiento de la autoridad educativa del plantel, las irregularidades cometidas por el personal administrativo y docente que ocasione daños o cambios emocionales en los educandos. Promover la participación de sus hijas, hijos o pupilos menores de dieciocho años en la práctica de actividades físicas, de recreación, deportivos y de educación física dentro y fuera de los planteles educativos, como un medio de cohesión familiar y comunitaria.
Existe una facultad por parte de las autoridades escolares que a la letra dice “En caso de incumplimiento de alguna de las obligaciones a las que se refiere……por parte de madres y padres de familia o tutores, las autoridades educativas podrán dar aviso a las instancias encargadas de la protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes (SIPINNA) para los efectos correspondientes en términos de la legislación aplicable.
Además, se expresa en la segunda parte de la Convención Americana de los Derechos y Deberes del Hombres, : Articulo XXX “toda persona tiene el deber de asistir, alimentar, educar y amparar a sus hijos menores de edad, y los hijos tienen el deber de honrar siempre a sus padres y el de asistirlos, alimentarlos y ampararlos cuando estos lo necesiten” .
Es importante precisar que los derechos y obligaciones no aluden a una situación muy importante que hoy se requiere para la atención de la niñez por parte de sus padres; me explico, es fundamental generar la confianza entre ellos (padres e hijos) como condición fundamental fortalecer la autoestima de los niños, niñas y adolescentes, así como el manejo de la inteligencia emocional, la disciplina, las reglas y los hábitos; el padre debe de mantener el liderazgo, es decir, ser líder de los hijos y su ejemplo, pero además promover los valores con el ejemplo (la Ley General de Educación, expresa que la responsabilidad ciudadana, será sustentada en valores como la honestidad, la justicia, la solidaridad, la reciprocidad, la lealtad, la libertad, entre otros) y desde luego el promover la convivencia.
Considero importante, expreso el panelista, que los docentes deben de continuar trabajando con el modelo de atención socioemocional que plantea el Programa Nacional de Convivencia Escolar y el correspondiente para Michoacán, no solo por los talleres y el manejo conceptual, sino por los protocolos que ahí se precisan y que permiten certeza para la atención de problemáticas específicas que se presentan en los espacios escolares.
Existe otro asunto que también es importante, y que se refiere a las mallas curriculares, y que desde la casa los padres debemos de fortalecer para el cuidado del medio ambiente, la biodiversidad, la vida y la naturaleza, en este sentido se expresa en la Ley en comento “El respeto y cuidado al medio ambiente, con la constante orientación hacia la sostenibilidad, con el fin de comprender y asimilar la interrelación con la naturaleza y de los temas sociales, ambientales y económicos, así como su responsabilidad para la ejecución de acciones que garanticen su preservación y promuevan estilos de vida sostenibles”, para esta generación y para las próximas generaciones. Nos debe quedar claro debemos avanzar en un lucha por la vida, por la vida del ser vivo, del hombre, las plantas, los animales y de todo aquellos que da protección al proyecto del ser vivo, el aire, el agua, la tierra y la luz.
Finalmente a la luz de las preguntas del público asistente, cuando menos dos de ellas, interesantes, bien planteadas, generosas en términos de su construcción, una, el papel del docente en este modelo económico y de la Nueva Escuela Mexicana y otra, el trabajo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en relación con los matrimonios igualitarios.
Respecto de la primera pregunta se requiere de una visión holística y sistémica para desde la transdisciplinariedad trabajar en mecanismo de la comprensión de la complejidad y asumir el papel que debe tener el docente: facilitador del dialogo, escucha asertiva, promotor del desarrollo armónico para facilitar las competencias para la vida del ser humano, fomentando en el estudiantado el amor a su Patria, el respeto a los derechos humanos y las libertades y su dignidad, la cultura de la paz, la conciencia la solidaridad, la independencia y la justicia, la promoción de los valores, los principios y las virtudes sociales. Es decir, un facilitador incluyente, que maneje perfectamente los derechos humanos, las libertades, la dignidad humana, la igualdad y no discriminación, la perspectiva de género, la interculturalidad, la cultura para la paz, el dialogo. Un docente humano comprometido con su responsabilidad, que atienda a su formación y profesionalización.
En tanto que la segunda pregunta, comentamos la importancia que viene realizando la SCJN, al haber autorizado la aplicación de Protocolos de Actuación sobre Equidad de Género y Diversidad Sexual, entre otros más, pero además su pronunciamiento que causo ya Jurisprudencia desde el 2015, sobre el tema de los matrimonios igualitarios y la recomendación a los poderes legislativos locales para comprometerse en respetar la dignidad humana, el libre desarrollo de la personalidad, pero sobre todo la no discriminación.
Diferentes perfiles asistieron a este evento, destaco la presencia del Presidente de la Asociación de Padres de Familia, de la escuela “Hijos del Ejercito” licenciado José Manuel Loeza Trujillo.
En estas acciones fueron invitados personal de la Comisión Estatal de los Derechos Humanos, quienes formaron parte del Panel en comento.