Libre expresión
Pandemia y vida nocturna.
Carlos Gutiérrez Fernández.
La nueva normalidad generada por el paso del virus COVID-19 ha forzado a la población mundial en habituarse y enfrentar cientos de retos de adaptación en prácticamente cualquier contexto en el que intervienen los seres humanos.
Ante esta realidad los gobiernos en todo el mundo a través de quienes los dirigen han buscado ejercer su función primordial de bienestar social y en específico generar las medidas de prevención, atención, reacción y erradicación de la amenaza infecciosa; con aciertos y fallas se han desarrollado un sinnúmero de estrategias, políticas públicas y reacciones gubernativas, todas bajo un objetivo, manejar en la medida de lo posible la crisis multidimensional ineludible de la Pandemia.
Las acciones de gobierno en orden de importancia se concentraron en un inicio en la capacidad pública de atención médica, seguido de estrategias diseñadas a incentivar la recuperación económica afectada gravemente por el cese de actividades que dejó el confinamiento. Asimismo en segundo término se condujeron estrategias de reapertura ordenada de actividades, bajo la consideración de limitar la convivencia social.
En ese contexto las medidas de prevención gubernativas se han dividido en recomendaciones por un lado, cuyo cumplimiento se encuentra más enfocado a la conciencia social de carácter voluntaria; y aquellas restrictivas por el otro, enfocadas al cierre o limitación obligatoria de negocios, actividades comerciales, de industria, comercio, recreación, esparcimiento, deportivas y culturales bajo la justificación de evitar la congregación masiva de personas y con ello la multiplicación exponencial de contagios, limitando o suspendiendo el goce pleno de libertades con esto.
Concentrándonos en el dictado de medidas restrictivas de derechos, se ha generado un amplio debate emanado de lo que parece un dilema moral, entre quienes por un lado consideran favorables medidas de cierre o disminución de horarios de negocios de concentración masiva considerados focos rojos, como bares y/o antros bajo la premisa que de hacerlo, implica una posibilidad real de disminuir la cadena de contagios; y quienes por el otro se oponen, principalmente personas afectadas con dichos cierres obligatorios ya sean propietarios de comercios o negocios, clientes o usuarios, trabajadores, proveedores y prestadores de servicios como de transporte público o estacionamiento.
El utilitarismo como corriente filosófica implica precisamente establecer argumentos basados en el mayor beneficio colectivo. Construido originalmente por el filósofo Jeremy Bentham en su obra principal Introducción a los principios de moral y legislación en el año 1789, expone que la base de la conciencia moral del utilitarismo aplicado es tratar de alcanzar la mayor felicidad para el mayor número de personas. Una acción será correcta expone, sí resulta útil o beneficiosa para ese fin de la máxima felicidad posible, estos postulados abarcan las decisiones privadas y las del poder público.
Basados en un utilitarismo moderno el argumento de la disminución o suspensión de actividades de todo un sector, como lo es el de bares nocturnos implica que de realizarlo se previene un aumento considerable de personas contagiadas al ser lugares con alta concentración de personas. Sin embargo de inicio parecería débil el argumento respecto a la agrupación de personas, pues existen múltiples actividades donde ya se realizan concentraciones semejantes, para no ir más lejos, el del servicio de restaurantes que implica más o menos los mismos riesgos. Ahora bien, ingerir bebidas alcohólicas como tal no ha sido prohibido, pero sí se han generado disminución de horarios, que por sí mismo inhabilita la actividad de centros nocturnos y bares, generando con ello un irremediable golpe a la economía de cientos o miles de personas que hacen de estas actividades su fuente de ingreso ordinaria.
De lo anterior surge la pregunta, ¿deberían dictarse medidas gubernativas restrictivas que conlleven a la afectación directa e instantánea de todo un sector económico de la población? Bajo un postulado utilitarista la respuesta parece sencilla, son válidas dichas acciones pues la afectación se considera mínima en contraste con el fin pretendido de salvar vidas evitando contagios masivos. Sin embargo surgen dos reflexiones importantes, ¿en realidad, estas acciones generan el fin pretendido?, y por otro lado ¿la autoridad se encuentra legitimada en aplicar acciones específicas que afectan directa e indirectamente la posibilidad real de manutención de cientos de familias en aras de proteger un universo indeterminado con probabilidades del contagio? Es decir ¿se pueden sacrificar derechos de algunos, en aras de proteger el de otros?
Después de los atentados a las torres gemelas en septiembre de 2001 se generó un dilema moral relativo al debate de instrumentar legalmente la facultad del derribo de aviones que se considerasen pudieran utilizarse como proyectiles para derribar edificios o espacios con alta densidad de personas. Bajo una perspectiva utilitarista resultaba incuestionable la validez de estas normas, inclusive con una serie de consideraciones, tales como que las personas secuestradas probablemente de cualquier manera morirían o que al subir al avión como pasajeros implícitamente reconocen el riesgo que implica el que el avión sea secuestrado, incluso el factor numérico concretamente, como simple resultado de la acción, salvar hipotéticamente a 5000 inocentes en perjuicio de 200 inocentes. Las normas son vigentes en muchos de los países del mundo actualmente y conlleva a determinar la posibilidad de disponer de vidas por salvar otras.
Si bien el anterior ejemplo es extremo, podemos partir de las mismas bases para la reflexión relativa a la inhabilitación de operación de antros y bares; debemos considerar si la medida realmente es razonable, como primer estándar, de igual manera si es proporcional con cualquier otra actividad semejante, es decir si no existe una estigmatización respecto del rubro, y por último si es eficaz, si produce los efectos esperados. En el caso de que estos razonamientos avalen la medida, nos encontraríamos ante una situación límite donde el utilitarismo resulta no solo conveniente sino indispensable en aras de proteger bienes mayores; pero entonces ¿debería sacrificarse todo el sector que depende de esa actividad económica bajo una decisión gubernamental y volverse una especie de “mártires” del bienestar de la sociedad?, la respuesta pareciera más cercana a que no se puede exigir legalmente el sacrificio de unos en el beneficio de otros.
Por tal razón la respuesta más razonable que combina una solución a este y otros casos límite, debe incluir un escrupuloso razonamiento de las acciones que los gobiernos decidan llevar basados en el mayor beneficio para el bienestar social; pero cuando las medidas sean tales, que afecten especifica y determinantemente la calidad de vida e incluso la sobrevivencia de un sector, los gobiernos tienen la obligación de orientar una serie de acciones paliativas de recompensa directa, que permitan por un lado obtener el fin pretendido y por el otro resarcir o substituir a los afectados el sacrificio exigido. En tal sentido la forma más razonable de resolver el problema debe ser el reconocimiento de ambas necesidades no bajo una balanza de importancia sino equiparables, así bajo esta postura se podrán considerar dos soluciones con igual importancia y trascendencia. Nadie debería ser obligado por ley a sacrificar su bienestar por el bienestar de otros, esta afirmación resulta posible si nos remontamos al objetivo del gobierno y de la creación de leyes.