El derecho al consumo, es un derecho humano. Los derechos de los consumidores no deben solo de verse con un enfoque posmoderno y de mercado, es decir, los derechos de los consumidores no solo están vinculados a la defensa de los contratos por servicios electrónicos como: el teléfono móvil, el telecable, tarjetas de crédito, servicios turísticos en condominios de tiempo compartido, que se dirigen a la clase media, así como tampoco, se agota en una visión de la ama de casa y su derecho a que no se le engañe en sus compras, por peso, costo, o bien, por la caducidad de los bienes de consumo básico. Es decir, el derecho del consumidor no puede reducirse a esta visión reductivista y que minimiza una posición del derecho humano a la defensa de los intereses del consumidor frente al abuso de las empresas, sean grandes, pequeñas, nacionales o trasnacionales que se mueven en la globalización.

Por ello, en la defensa de los derechos del consumidor, éstos deben de conocer que tienen derecho a la información a través de diferentes mecanismos, entre ellos: las etiquetas, los precios, instructivos, etc., pero además el derecho a la educación: ser informados y formados en materia de consumo responsable, pero también el derecho a elegir los bienes o productos y servicios. Así como el derecho a la seguridad y calidad; el derecho a no ser discriminado; el derecho a la compensación o devolución del costo del producto frente a su ineficacia y desde luego, el derecho a la protección que deben dar las autoridades.

No obstante, existe un derecho que debe de garantizarse y es el derecho a la vida y la salud del consumidor, sin embargo, existen cientos de alimentos chatarra, así como productos que promueven adicciones y generan enfermedades crónicos degenerativas, pero que no se le pone alto a su producción derivado de que generan empleo ingreso para la población; pero además existen alimentos y productos que generan deterioro en el medio ambiente, en los mantos friáticos, en el aire, en los bosques, al momento de producirse, en fin.

Otro derecho que debería estar vinculado a las mallas curriculares de la educación básica para dar formación a las y los niños y adolescentes de México, es decir educar para un consumo local, informado y responsable, basado en las tareas de la sostenibilidad, un consumo para la satisfacción de las necesidades, no del hedonismos, no del narcisismo. Igualmente otro derecho, es el derecho a la libertad de asociación y participación para proteger sus derechos e intereses de los consumidores organizándose, eligiendo a sus representantes, para que den seguimiento a los encargados de hacer cumplir las funciones públicas. El diseño de la política pública ahora prevé la existencia de estructuras de gobernanza donde asisten al seguimiento y evaluación de éstas, los servidores públicos, la academia, el sector privado y las organizaciones de la sociedad civil.

Otra acción también sumamente importante es la creación y desarrollo de conciencia social para impulsar el consumo local, informado y responsable, es decir y sin tanta complicación hacer que las personas sepan de sí mismas y de su entorno con relación al consumo de productos que pueden causarle daños, no obstante en el marco del derecho al libre desarrollo de la personalidad, cada humano es responsable de sus decisiones.

Para atender dichas problemáticas en el ejercicio del cumplimiento de los derechos del consumidor y hacerlos vigentes, desde hace algunos años se previó la instalación y operación del Consejo Consultivo de Consumo, dependiente de la Procuraduría Federal del Consumidor.

En Michoacán, así como se realiza en el ámbito Federal se tienen las estructuras operativas para hacer funcionar el Consejo Consultivo del Consumo (CCC). El CCC es un órgano interdisciplinario de participación ciudadana, encargado de analizar diversos temas en materia de consumo y de protección al consumidor. Propone programas y acciones públicas relacionadas con las atribuciones de la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco).

El CCC, tiene entre sus objetivos, impulsar diversas propuestas, entre ellas se destacan: Emitir opiniones y presentar propuestas respecto de los planes y programas de trabajo de la Profeco; Analizar diversos temas en materia de consumo y de protección al consumidor; Proponer programas y acciones públicas relacionadas con las atribuciones de Profeco; Fomentar la participación ciudadana en los diferentes aspectos relacionados con el consumo, en el conocimiento y ejercicio de sus derechos.

El CCC tiene una gran oportunidad de operar con otra visión distinta, esto es, tiene una gran oportunidad de trabajar con las organizaciones de la sociedad civil y de la academia para fomentar la organización y por ende la defensa de los consumidores, pero también para impulsar acciones de formación en consumo local informado y responsable. Pero sobre todo de realizar los acuerdos entre las instituciones públicas de salud para impulsar el derecho a la salud en materia de consumo de productos que no afecten el cuerpo de las personas por el consumo de productos chatarra, con sustancias cancerígenas.

Quien esto escribe, tomo protesta como miembro del Consejo Consultivo del Consumo en Michoacán de la Profeco. En mi reflexión como consejero, exprese que hay que trabajar para el consumidor, el consumidor más precario, más vulnerable que son las amas de casa, para las familias y para aquellos que una merma en su ingreso y gasto semanal significa un impacto en su vida cotidiana. Agradezco a las autoridades de Profeco, al Procurador Francisco Ricardo Sheffield Padilla, quien fue quien tomó protesta a los nuevos integrantes del CCC; igualmente tomo la protesta desde la sociedad civil Tzitziqui Peña, activista de los derechos humanos de las mujeres.